Fernando Castelló(CSN) alerta de que parar evaluación de Garoña podría ser prevaricación

Actualizado: martes, 9 febrero 2016 19:21

MADRID, 9 Feb. (EUROPA PRESS) -

Fernando Castelló, consejero del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha advertido de que interrumpir en estos momentos el proceso evaluador en torno a la solicitud de renovación de autorización de la central nuclear de Santa María de Garoña podría implicar incurrir en "prevaricación".

Castelló hace esta argumentación en la argumentación de su voto favorable a la decisión del pleno del CSN de la pasada semana sobre diversos aspectos relativos a la autorización de la central burgalesa.

Además, en un comunicado precisa que la filtración del voto particular de Narbona, sin que se haya aprobado el acta definitiva en una reunión posterior del pleno --porque no se ha reunido esta semana--, hace necesario difundir también la argumentación de su voto. El pleno del CSN adoptó la semana pasada por mayoría diversos aspectos relativos a la central nuclear de Santa María de Garoña.

La consejera del CSN y exministra Cristina Narbona ha solicitado, en un voto particular a esta decisión, y al que ha tenido acceso Europa Press, que el organismo regulador paralice la evaluación hasta debatir las implicaciones de autorizar operar a un reactor nuclear hasta 60 años. Así, reclama un debate en el seno del pleno del Consejo y ante la opinión pública sobre este particular.

"Aún en el caso de que en un acto de voluntarismo impropio de un regulador, el pleno del CSN se pudiera plantear que las circunstancias del entorno político, social o económico pudieran ser valoradas para interrumpir aplazar o demorar el proceso evaluador, se debería estudiar previamente si jurídicamente no estuviéramos incurriendo en un acto de prevaricación, o cuanto menos dicha actuación pudiera ser recriminada en sede judicial, por el titular, para reclamar posible perjuicios económicos o sociales, cuanto menos", alerta Castelló en la justificación de su voto.

Castelló advierte de que "en este momento" no dar respuesta por parte del CSN a un proceso administrativo, como establece la legislación en vigor, tanto la aplicable a los procesos administrativos como la regulación nuclear sería por parte de este organismo dar respuesta "a criterios no establecidos en la ley y entrar en un debate político, actuando fuera del sentido de la independencia reguladora".

"La dilación, el aplazamiento o la moratoria del proceso evaluador justificada por circunstancias políticas, sociales o económicas no tiene cabida en la consideración de los factores que por ley le competen al CSN, que son exclusivamente, la seguridad nuclear y la protección radiológica y nuestro debate debe estar siempre orientado sobre la justificación técnica de dicho objetivos y de ningún otro", asegura.

SIN IMPOSICIÓN DE PLAZOS

Además, en el comunicado, el consejero añade que el CSN "ni se ha impuesto plazos ni se los puede imponer". "El CSN ni se ha impuesto plazos para informar sobre este asunto, ni se los puede imponer; ni sobre este, ni sobre ningún asunto que le competa", señala.

En este sentido, recalca que las evaluaciones se desarrollan sobre procedimientos reglados y en función de guías de evaluación que elabora previamente el cuerpo técnico del organismo y que "nunca una previsión de fechas se puede confundir con un plazo impuesto o decidido". "Decir lo contrario es querer engañar a la opinión pública y hacerle un flaco favor al prestigio y trabajo riguroso del regulador nuclear español", añade.

El pleno del Consejo apreció favorablemente varias actuaciones en el marco del proceso de evaluación de la renovación de la licencia de la central de Santa María de Garoña, solicitada por el titular, hasta 2031.
Este pleno del CSN está compuesto por cinco miembros, el presidente, Fernando Martí (a propuesta del PP) y los consejeros Javier Dies Llovera y Fernando Castelló (a propuesta del PP) y las consejeras Cristina Narbona y Rosario Velasco (a propuesta del PSOE). Cristina Narbona, que votó a favor de esta resolución, emitió un voto particular en el que solicita la paralización de la evaluación.

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