Río Duero a su paso por Toro
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 21 abril 2017 11:58

   MADRID, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha iniciado el trámite de información pública del Real Decreto de declaración de sequía en la cuenca del Duero, que estará publicado en la página de Internet del Ministerio hasta el 4 de mayo y que "toda" la tramitación se realizará "por el procedimiento de urgencia".

   Así, señala que una vez aprobado por el Consejo de Ministros, el Real Decreto permitirá al Gobierno aplicar "medidas excepcionales" para paliar los efectos de la sequía en la zona después de que la escasez de precipitaciones y el descenso de los recursos hídricos embalsados ha provocado que el estado global de la cuenca del Duero sea de alerta tras cuatro informes consecutivos negativos.

   En la actualidad, la reserva de agua embalsada en la cuenca del Duero ha disminuido 36 puntos porcentuales este año respecto a 2016, cuando los embalses se encontraban al 91,2 por ciento de su capacidad.

   El Ministerio indica también que en los últimos seis meses, el valor medio de precipitación acumulada estaría en un porcentaje del 61 por ciento con respecto a los valores normales de la serie histórica referenciada al periodo 1981-2010. Es decir, se ha dado en valor medio una disminución de precipitación acumulada en ese periodo para la zonas geográficas de la cuenca hidrográfica del Duero del 39 por ciento.

   De acuerdo con el estado actual de los indicadores establecido en el Plan de Sequía, "se dan las circunstancias" para que el Gobierno tramite la aprobación de un Real Decreto que posibilite la adopción de medidas extraordinarias de gestión para distribuir los recursos hídricos existentes mediante restricciones que afectarán por igual a los distintos usos, manteniendo la prioridad absoluta que la Ley establece para el abastecimiento de la población.

   Además, añade que el Real Decreto, adicionalmente, permitirá en la cuenca del Duero un reparto "equilibrado" de los recursos hídricos disponibles como consecuencia de la situación de sequía extraordinaria.

   Las medidas necesarias en materia de gestión de sequía están sujetas al 'Plan Especial de actuación en situaciones de alerta y eventual Sequía del Duero (PES)', lo que permite anticiparse para distribuir los recursos hídricos disponibles.

   Respecto al regadío, precisa que es al organismo de cuenca al que le corresponde --de acuerdo con el artículo 55 del texto refundido de la Ley de Aguas-- la facultad de ordenar restricciones por la falta de agua embalsada.

   Finalmente, apunta que estas restricciones ya se han determinado y puesto en práctica en las diferentes zonas a las que se suministra desde los embalses mediante canales: Carrión, 2/3 partes y Pisuerga a la mitad.

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