CNMC requiere a la Xunta modificar el decreto de viviendas turísticas o irá al TSXG

El presidente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, Miguel Ángel Cadenas
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 25 abril 2017 17:43

La CNMC considera que la norma incluye artículos que "restringen la competencia efectiva" en el sector de los servicios de alojamiento

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha informado de la notificación a la Xunta un requerimiento previo contra diversos artículos del decreto que establece la ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en Galicia.

Según ha informado en un comunicado, el requerimiento que realiza la CNMC es un paso previo con el que se quiere evitar interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Así, la CNMC esgrime que la Xunta "está a tiempo" de modificar o anular las "restricciones injustificadas" y recuerda que está "legitimada para impugnar los actos de las administraciones públicas sujetos al derecho administrativo" y las disposiciones de rango inferior a ley que impliquen "obstáculos para que exista una competencia efectiva en los mercados".

Según relata, ésta es la tercera vez que la CNMC emplea "la legitimación activa por obstáculos a la competencia efectiva" frente a normas que "restringen el sector de viviendas de uso turístico".

De hecho, ha recordado que, en el caso del recurso contra la normativa de Madrid, ha sido "estimado completamente" por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad.

ANÁLISIS DE LA NORMA

La Comisión hace un análisis de diversos puntos de decreto que, a su entender, suponen "restricciones injustificadas" y alude, con respecto a los apartamentos y viviendas turísticas a que la norma autonómica "prohíbe el alquiler por habitaciones y limita el periodo de alojamiento a tres meses".

Frente a ello, la Comisión señala que resulta "contrario al derecho del empresario de organizar su actividad" y de los ciudadanos de "disponer de sus bienes sin restricciones injustificadas".

También señala que "subordina el acceso a la actividad a un régimen de declaración responsable con características más propias de una autorización administrativa". Sin embargo, "no se justifica la necesidad de esa intervención administrativa, con el consiguiente coste de recursos públicos".

Añade que el decreto presenta "un catálogo exagerado de requisitos técnicos y servicios mínimos exigidos, que no superan el análisis de necesidad y proporcionalidad de la regulación". De esta forma, subraya que existe "una carga innecesaria" para operadores, que "incrementa los costes y limita su libertad de autoorganización".

"Además, se exige tener un distintivo, una carga al operador no justificada", apostilla.

VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO

En relación con las viviendas de uso turístico, la CNMC apunta que el decreto "permite que los ayuntamientos limiten el número de viviendas --o incluso las prohíba-- en determinados edificios o sectores urbanísticos", lo que ve "una restricción discrecional de la oferta de viviendas en su número y variedad".

En este ámbito, añade que también "prohíbe la cesión por habitaciones", lo que supone "limitar el libre ejercicio de la actividad económica", al tiempo que "restringe el número y variedad de plazas de alojamiento".

La Comisión alerta, al tiempo, de que se establece un régimen jurídico diferenciado "en función de elementos temporales (estancia inferior a 30 días o cesión de al menos dos veces al año) no justificados", que "no superan el test de necesidad ni proporcionalidad".

A renglón seguido, alude al régimen de acceso a la actividad (declaración responsable) "muy agravado con un conjunto de cargas adicionales que no superan el análisis de necesidad y proporcionalidad", así como a la exigencia de un catálogo de requisitos y servicios mínimos "abiertamente discrecional" que "limita sin justificación la libertad autoorganizativa" de los operadores.

NORMA "RESTRICTIVA"

La CNMC concluye así que "todas estas medidas elevan injustificadamente los costes de entrada en el mercado, desalientan a algunos operadores que ya estaban participando en el mercado con nuevos modelos de prestación de servicio y a otros potenciales oferentes". "Se reduce así el número de competidores y los incentivos a que haya precios más eficientes y competitivos para los usuarios", advierte.

Además, subraya que la aprobación de esta normativa "restrictiva" se produce "en un contexto mundial de innovación tecnológica" en el sector del alojamiento con finalidad turística y no turística, que afecta tanto a los operadores ya instalados como a nuevos entrantes que prestan servicios de alojamiento a través de servicios online y de economía colaborativa.

Por tanto, la CNMC entiende que, dentro del plazo legal establecido, las disposiciones afectadas deben "suprimirse o modificarse para favorecer en mayor medida al interés general", de forma que "no supongan un obstáculo al desarrollo de la competencia efectiva".