La Junta informa de las nuevas etiquetas que ofrecen mayores garantías e información más clara a los consumidores. - JUNTA DE ANDALUCÍA
SEVILLA 21 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Dirección General de Consumo de la Consejería de Presidencia, Sanidad y Emergencias ha destacado la entrada en vigor de nuevas etiquetas que ofrecerán a los consumidores información más clara sobre las garantías de los productos. Estas incluirán un aviso armonizado sobre la garantía legal de conformidad, que los establecimientos deberán mostrar en sus puntos de venta, así como una etiqueta sobre garantía comercial de durabilidad (EU GARAN) para aquellos fabricantes que decidan voluntariamente ofrecer una garantía comercial superior a la mínima legal.
Según ha informado la Junta de Andalucía en una nota, a partir del 27 de septiembre de 2026, los establecimientos comerciales, tanto físicos como en internet, deberán utilizar obligatoriamente el aviso armonizado sobre la garantía legal de conformidad. El aviso informa al consumidor de que los bienes vendidos en la Unión Europea están sujetos a una garantía legal mínima de dos años, y advierte de que algunos estados miembros pueden establecer períodos superiores. Incluye además un código QR que permite acceder a información adicional sobre los derechos de garantía.
En esta línea, el director general de Consumo, Sergio Romero, ha explicado que "la legislación española establece actualmente una garantía de tres años desde la entrega de los bienes por las faltas de conformidad que se manifiesten durante ese período". Por tanto, "un consumidor español seguirá teniendo los derechos reconocidos por la normativa nacional, aunque el nuevo aviso armonizado europeo utilice la referencia general de los dos años". Es decir, aunque el diseño y el contenido del aviso están armonizados a escala europea y no pueden modificarse libremente por los comerciantes para sustituir 'dos años' por 'tres años', en España esta garantía "seguirá siendo de tres años".
En los establecimientos físicos, el aviso deberá tener un tamaño mínimo A-4 y mostrarse de forma destacada, por ejemplo, en un cartel llamativo, en una pared de la tienda o junto a la caja registradora. No es, por tanto, un aviso específico para cada producto. En casos de venta en línea, se colocará como un recordatorio general en la página web de los vendedores.
Además, el Reglamento introduce una etiqueta específica para identificar determinadas garantías comerciales de durabilidad ofrecidas por el fabricante para un producto específico, sin coste adicional para el consumidor y cubriendo todo el producto, no solo un componente. La etiqueta, que incorpora la palabra 'GARAN', se utilizará cuando el productor ofrezca voluntariamente una garantía comercial de durabilidad mayor que la garantía legal, por tanto, no todos los productos tendrán que llevarla.
La etiqueta incluirá, entre otros elementos, la duración de la garantía y un código QR con información adicional. Las letras 'XX': se reemplazan por la duración correspondiente en años de la garantía comercial de durabilidad ofrecida por el productor. La etiqueta EU GARAN debe estar claramente vinculada al producto específico, pudiendo colocarse en la estantería donde se encuentre el producto, en el embalaje, o en una etiqueta colgante o adhesiva. En compras online debe mostrarse directamente antes de que el consumidor realice su pedido en la página de pago del producto.