Condenado a 9.000 euros a un ex concejal de Urbanismo

Europa Press Nacional
Actualizado: viernes, 11 septiembre 2009 16:32

BILBAO 11 Sep. (EUROPA PRESS) -

El ex concejal de urbanismo del Ayuntamiento de Vitoria, Jorge Ibarrondo, ha sido condenado a una multa de 9.000 euros por delito de prevaricación urbanística en la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 2, en la que se decreta la nulidad de la licencia otorgada para siete chalés en un solar de Ali, pero no se acuerda el derribo de la edificación.

Ibarrondo fue juzgado por unas presuntas irregularidades urbanísticas ocurridas hace dos años, fecha en la que ocupaba el puesto de concejal de Urbanismo en el Gabinete liderado por Alfonso Alonso, cuando concedió la licencia para construir siete chalés en un solar de Ali donde no cabían más que seis.

En la sentencia, se señala que Ibarrondo concedió la licencia, conociendo que la "misma vulneraba la normativa urbanística aplicable a la parcela situada en la actual calle Asestadero número 2 de Ali".

En la resolución, notificada este viernes a las partes, se considera "veraz" el testimonio de los técnicos del Ayuntamiento de no haber tenido conocimiento de la licencia hasta finales del año 2006, habiendo sido concedida la misma en junio del año 2005.

Asimismo, también se considera veraz que se habían emitido "reiterados" informes técnicos en sentido contrario a la concesión de la licencia para edificación de siete viviendas, "no alcanzando la superficie de la parcela la mínima exigida por la normativa urbanística para ello".

La sentencia recuerda que existían dos resoluciones denegatorias previas a la misma licencia que emitió Ibarrondo y no consta informe alguno favorable a la concesión hasta diciembre de 2006, "siendo emitido con posterioridad a la concesión de la licencia".

El Juzgado afirma que el objeto del juicio celebrado no ha sido la existencia de alguna posible contraprestación a cambio de esa concesión de la licencia y que, de hecho, Ibarrondo no ha sido acusado por ello por ninguna de las acusaciones personadas.

En la resolución, se señala que, ante la ausencia de antecedentes penales, la pena se ha impuesto en su grado mínimo, decretando la nulidad de la licencia concedida a tenor de la normativa urbanística aplicable a la parcela. Añade que, al no haber sido citados los propietarios de las viviendas ni oídos durante el procedimiento, no se ha acordado el derribo de la edificación.

RECURSO ANTE LA AUDIENCIA

En concreto, se le condena a una pena de nueve meses de multa con una cuota diaria de 20 euros, lo que asciende la cifra a 9.000 euros. También se acuerda su inhabilitación especial para ostentar puesto de cargo electo como miembro de Corporación Local por periodo de siete años. Además, Ibarrondo deberá abonar las costas del juicio.

Asimismo, explica que se remite la sentencia al Ayuntamiento de Vitoria para que efectúe las actuaciones pertinentes para la "correcta" aplicación de la legislación urbanística aplicable causando el menor perjuicio posible. Contra la sentencia, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

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