- La familia no reclamará daños y perjuicios
BARCELONA, 8 Oct. (OTR/PRESS) -
La empresa de pescadería barcelonesa que despidió por vía disciplinaria a una empleada que dejó de ir a trabajar por encontrarse de baja médica tras sufrir un accidente de tráfico que la dejó en coma, ha reconsiderado la decisión y ha decidido dejar sin efecto el despido. La familia no reclamará daños y perjuicios.
La empresa de pescadería El Punt del Peix ha readmitido a la trabajadora Sandra T.J., de 36 años, en coma desde mediados del pasado septiembre por un accidente de tráfico, y a quien el 1 de octubre le fue notificado por carta su despido por motivos disciplinarios recogidos en el Art.54 del Estatuto de los Trabajadores. Este artículo hace referencia al despido disciplinario y recoge entre las causas de incumplimiento contractual las faltas repetidas e injustificadas de asistencia, la desobediencia en el trabajo, un menor rendimiento o la transgresión de la buena fe contractual, entre otras.
NO HABARA RECLAMACION DE DAÑOS
Según informó hoy el Col·lectiu Ronda de abogados, que defiende a la familia de la empleada, la dirección ha comunicado por carta a la afectada, que permanece ingresada en el Hospital Vall d'Hebron de Barcelona, que deja sin efecto el despido, por lo que continúa siendo trabajadora de la empresa. El abogado que lleva el caso, José Antonio González, destacó que el comunicado de la empresa no reconoce "explícitamente la nulidad del despido" pero del escrito se entiende que El Punt del Peix da marcha atrás en su decisión y conserva el puesto de S.T, que tenía un contrato indefinido.
Según González, la familia no reclamará daños y perjuicios a la empresa de Palau Solità i Plegamans (Barcelona), puesto que el objeto de la denuncia pública del caso era conseguir que la afectada no perdiera el 100% del sueldo y la empresa la mantuviera de alta en la Seguridad Social mientras dure la baja médica.
La empleada no acude a trabajar desde que el pasado 15 de septiembre sufriera un accidente de tráfico. La empresa envió una carta de despido el pasado 1 de octubre aunque la joven estaba hospitalizada y en coma por la gravedad de sus lesiones. La empresa comunicaba a la trabajadora la decisión de rescindir su contrato con fecha 1 de octubre alegando un despido disciplinario y por causas especificadas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. La empresa reconocía la improcedencia del despido aludiendo al artículo 56 y ofrecía a la trabajadora 938,8 euros en concepto de saldo y finiquito y 2.416,20 en concepto de indemnización.