El 96% de las aguas de baño de Galicia obtuvo una clasificación excelente o buena en 2018

Cerca del 96% de las zonas de baño de Galicia obtuvieron una clasificación excelente o buena en 2018
EUROPA PRESS

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 20 Abr. (EUROPA PRESS) -

El 95,9% de todas las zonas de baño del censo oficial de Galicia obtuvo una clasificación sanitaria excelente o buena durante la temporada de 2018.

Así se desprende del informe final sobre el Programa de vigilancia sanitaria publicado recientemente por la Dirección Xeral de Saúde Pública de la Consellería de Sanidade.

De los 507 puntos de muestreo de las zonas de baño incluidas en el censo oficial, el 84,4% obtuvo una clasificación sanitaria excelente. Se trata de la mejor clasificación desde 2011, el año en el que se comenzó a emplear el sistema de cálculo de la clasificación sanitaria actual adaptado a la normativa europea y en el que se alcanzó el 70,7%.

En 2018, el 11,4% de las zonas de baño obtuvieron una clasificación buena y el 2,6% suficiente. En esta temporada, solo ocho fueron calificadas como insuficientes.

Este dato, indica que para la temporada de 2019, solo en el 1,6% de los puntos de muestreo analizados se deberá prohibir el baño o recomendar no hacerlo, frente al 2,4% de la temporada anterior.

La Xunta indica que "en general, se observa una tendencia a la mejora en la calidad de las aguas de baño temporada a temporada", al "aumentar el porcentaje de playas con clasificación sanitaria excelente y disminuir aquellas con clasificación sanitaria insuficiente".

PROGRAMA DE VIGILANCIA SANITARIA

Dentro del Programa de vigilancia sanitaria de las zonas de baño se elabora cada año un censo oficial. En 2018 figuraron un total de 489 zonas de baño con 507 puntos de muestra que se localizaron en 115 ayuntamientos. En total, se recibieron 5.408 muestras de agua.

Esta vigilancia es importante porque el uso recreativo de las aguas de baño puede tener peligros y riesgos para la salud de los usuarios. La contaminación bacteriana puede provocar gastroenteritis o enfermedades respiratorias en las personas que se bañen en aguas contaminadas.

Aunque estas enfermedades raramente son graves, el número de personas expuesto puede ser elevado debido a la tradición que existe en Galicia en el uso de aguas de baño.

Todos los episodios de contaminación fueron comunicados a los ayuntamientos implicados. Galicia es la comunidad con mayor número de puntos de muestreo censados, con un 23% del total de España, seguida de Andalucía y Cataluña. Las playas gallegas representan el 2,3% de las zonas de baño de la Unión Europea.

TEMPORADA DE BAÑO

La temporada de baño se establece con carácter general desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre de cada año. La vigilancia sanitaria se establece mediante muestreo periódico. Se recogen en total 10 muestras de cada zona de baño, una antes del inicio de la temporada y las nueve restantes a lo largo de esta con una periodicidad aproximadamente quincenal.

En las muestras de agua se analizan los parámetros microbiológicos enterococos intestinales y Escherichia coli. Al final de la temporada, con los resultados obtenidos se calcula la clasificación sanitaria de cada zona de baño mediante el sistema descrito en la Directiva 2006/7/CE.

También se lleva a cabo, en coordinación con las administraciones competentes, la gestión del riesgo para la salud derivada de la exposición a las cianobacterias y a sus toxinas en los embalses con zonas de baño.

INFORMACIÓN EN LA WEB

Desde el inicio de la temporada, la clasificación sanitaria de las aguas de baño y de los resultados microbiológicos obtenidos se incluyeron en la web de la Dirección Xeral de Saúde Pública y en el mapa de zonas de baño de Galicia.

Al final de la temporada, los resultados fueron introducidos en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Baño (Náyade) que puede consultar toda la población a través del acceso al ciudadano.

Una vez calculada la clasificación sanitaria final de cada zona de baño se publica también en la página web de la Dirección Xeral.

En el caso de aguas con clasificación sanitaria insuficiente, la autoridad competente velará para que se adopten medidas que incluyan la prohibición del baño o recomendación de abstenerse de meterse en el agua, además de tener que determinarse las causas de estos parámetros.

Los ayuntamientos deben fomentar el establecimiento de actuaciones para mejorar la calidad del agua de las zonas de baño con clasificación sanitaria insuficiente, con el objetivo de que pueda mejorar para la siguiente temporada.