El Tribunal Supremo desestima la reclamación del hombre que aseguraba ser hermano de Esther y Alicia Koplowitz

Doña Esther y doña Alicia Koplowitz Romero
Doña Esther y doña Alicia Koplowitz Romero - IMÁGENES CEDIDAS
Actualizado: martes, 10 octubre 2023 16:17

   MADRID, 10 Oct. (CHANCE) -

   La Sala Primera del Tribunal Supremo dictó el pasado viernes 27 de septiembre el auto que ha puesto fin al proceso judicial en el que don Ramón Ignacio García García había demandado a doña Esther y doña Alicia Koplowitz Romero de Juseu, como herederas de su madre, doña Esther Romero de Juseu y Armenteros, reclamando que se le declarase hijo biológico de esta. Dicha reclamación ha quedado así finalmente desestimada.

   La demanda del Sr. García García, con la que no se aportaba de prueba indiciaria alguna de la maternidad reclamada, fue inadmitida a trámite por el Juzgado de Primera Instancia núm. 71 de Madrid. Sorprendentemente, la Sección 22ª (de refuerzo) de la Audiencia Provincial de Madrid le ordenó admitirla. Puesto que el demandante siguió sin aportar prueba indiciaria alguna, el Juzgado, con la aquiescencia del Ministerio Fiscal, dictó la Sentencia de 29 de septiembre de 2020 en la que desestimó la demanda, tras rechazar la petición del demandante de que se practicase una prueba biológica de comparación de su ADN con los de doña Esther y doña Alicia Koplowitz, para dilucidar si éstas y aquel eran hermanos por parte de madre. Dicha Sentencia condenó al demandante a soportar todas las costas del proceso.

   El Sr. García García interpuso recurso de apelación ante la misma Sección 22ª de la Audiencia Provincial de Madrid, reiterando la petición de que se practicase dicha prueba biológica. De manera otra vez inapropiada, dicha Sección ordenó la práctica de esa prueba. Doña Esther y doña Alicia, en cumplimiento del deber de todo ciudadano de prestar a los Juzgados y Tribunales la colaboración requerida por estos en el curso del proceso, que establece el artículo 118 de la Constitución, se sometieron a la referida prueba de ADN.

   El resultado de ésta fue un dictamen del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses que concluyó: “Se puede excluir que don Ramon Ignacio García García comparta línea materna con doña Esther y doña Alicia Koplowitz Romero de Juseu”. Consecuentemente, la Sección 22ª de la Audiencia Provincial de Madrid, en Sentencia de 9 de septiembre de 2022, confirmó la sentencia del Juzgado que había desestimado la demanda, con una nueva condena al Sr. García García a soportar las costas del proceso, al apreciar el Tribunal temeridad en dicho demandante.

   Finalmente, los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación interpuestos por el Sr. García García ante al Tribunal Supremo han sido inadmitidos por el Alto Tribunal, que nuevamente ha condenado a aquel al pago de las costas.

   Los asesores jurídicos de doña Esther y doña Alicia Koplowitz, procederán a ejecutar las referidas condenas sobre las costas, y estudiarán cualquier medida adicional para que no vuelva a suceder que se interpongan frente a ellas demandas tan dolorosas como absolutamente infundadas, ni que se prolonguen los consiguientes procesos, pese a la ausencia del más mínimo indicio probatorio.

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