Archivo - Reunión del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía. (Foto de archivo). - CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA - Archivo
SEVILLA 20 Oct. (EUROPA PRESS) -
PP-A y Vox, socios en el Gobierno andaluz, han registrado en el Parlamento una proposición de ley de reforma de la Ley de la Cámara de Cuentas de Andalucía (CCA), que data de marzo de 1988, para eliminar el requisito de que "todos los grupos parlamentarios", con excepción del grupo mixto, tengan "derecho, como mínimo", a contar con un consejero en el órgano fiscalizador. En la actual legislatura son cinco los grupos que tendrían derecho a proponer, al menos, un consejero, PP-A, PSOE-A, Vox, Adelante Andalucía y Por Andalucía.
En estos momentos, hay consejeros en la Cámara de Cuentas a propuesta de todos esos grupos, excepto de Adelante Andalucía, que en la anterior legislatura era grupo mixto, pero tras las elecciones autonómicas de mayo de este año, logró grupo propio con ocho diputados, de manera, por primera vez, tendría derecho a proponer al menos un consejero en el órgano fiscalizador.
Esta proposición de ley, a la que ha tenido acceso Europa Press, fue presentada en el Registro del Parlamento el pasado viernes 16 de octubre. Plantea un único cambio, consistente en "suprimir el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 24" de la Ley de la Cámara de Cuentas en el que se señala que "todos los grupos parlamentarios del Parlamento de Andalucía, con excepción del grupo mixto, tienen derecho, como mínimo, a que uno de los miembros elegidos proceda de su propuesta" y que "en caso de que ello no fuera posible con arreglo a criterios de proporcionalidad pura, cederá un puesto la propuesta que, teniendo ya asegurada la elección de un Consejero, haya obtenido el resto menor en la aplicación de los citados criterios".
La reforma de la Ley de la Cámara de Cuentas que han planteado PP-A y Vox elimina esos párrafos y se propone una tramitación del texto "por urgencia" en el Parlamento: "Es preciso hacerlo con celeridad, dado que cuatro de sus siete consejeros finalizan su mandato de seis años a comienzos de 2027, para evitar, como ha ocurrido ya en el pasado, que pudieran permanecer en funciones indefinidamente, por no lograr las propuestas resultantes de tal exigencia el número de votos suficientes para salir adelante, restando tiempo de mandato a los llamados a relevarlos, y restando legitimidad a la actuación de quienes permanecen en el cargo tras la finalización de su mandato".
El párrafo primero del punto 1 del artículo 24 de la Ley de la CCA señala que "los consejeros, en número de siete, serán designados por el Parlamento de Andalucía mediante votación y por mayoría de tres quintas partes de sus miembros, por un período de seis años, renovándose cada tres por tres y cuatro séptimas partes sucesivamente. No podrán ser designados consejeros quienes el año inmediatamente anterior haya tenido a su cargo la gestión, inspección o intervención de los ingresos y gastos del sector público en Andalucía, ni quienes hayan sido perceptores de subvenciones o beneficiarios de avales o exenciones concedidas por cualquiera de los entes indicados en el artículo 2".
Ese párrafo se mantendría tal cual en la reforma de la ley propuesta por PP-A y Vox. En la exposición de motivos de proposición de ley, se indica que "mientras que el requisito de una mayoría cualificada de las tres quintas partes de la asamblea legislativa es un lugar común, para asegurar un amplio respaldo de las fuerzas políticas con representación parlamentaria, aunque en ocasiones se vea rebajada la mayoría prevista en segundas votaciones si no se alcanza en las primeras, la exigencia de que cada grupo parlamentario, con excepción del mixto, tenga derecho a que resulte elegido consejero al menos uno de los que haya propuesto, sitúa a la Cámara de Cuentas de Andalucía como una 'rara avis' en el panorama comparado, sin que pueda sostenerse que esta particularidad le haya aportado ventaja alguna en su funcionamiento".
"Al anteponer el derecho de grupos parlamentarios con muy escaso número de diputados, a la voluntad del resto de la cámara legislativa, se está primando la opinión que puedan tener unos pocos diputados respecto de la cualificación profesional de los candidatos propuestos frente a la opinión de una mayoría muy amplia del Parlamento, lo que ofrece menores garantías de lograr una reconocida competencia en todos los elegidos", según se añade.
INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD
De otro, según se añade en la exposición de motivos de la proposición de ley de reforma, "esta regla provoca una mayor identificación de los consejeros de la Cámara de Cuentas con los respectivos grupos parlamentarios proponentes, lo que no redunda, precisamente, en la percepción de una independencia de criterio y objetividad en el ejercicio de sus funciones". La exigencia de que cada grupo tenga al menos un miembro, según se indica, "puede llegar a bloquear la necesaria renovación de los miembros del órgano, pese a la existencia incluso de un apoyo parlamentario superior a sus tres quintas partes, impidiendo así el correcto control de los fondos públicos; por no mencionar su imposible cumplimiento si en algún momento existieran ocho grupos parlamentarios, siendo siete el número de consejeros de la Cámara de Cuentas de Andalucía".
"En definitiva, se trata de un sistema que lo único que aporta es una mayor pluralidad de la representación política, cuando ello tiene pleno sentido en el seno del propio Parlamento, que es un órgano político, pero no en el de un órgano técnico que debe ejercer sus funciones con total independencia, objetividad e imparcialidad", según recoge la exposición de motivos de la proposición de ley de reforma de PP-A y Vox.
"La modificación que se propone no pretende otra cosa que eliminar la exigencia de que cada partido político, si ha obtenido grupo parlamentario, cuente con representantes en la Cámara de Cuentas, para garantizar así que sólo quienes obtengan un respaldo de al menos las 3/5 partes del Parlamento andaluz, con independencia de la formación política que lo proponga, puedan ser miembros de la institución", se recalca.
"Es, por tanto, la necesidad de eliminar los obstáculos que pudieran impedir o dificultar a la Cámara de Cuentas de Andalucía la adecuada fiscalización de los fondos del sector público andaluz lo que inspira esta modificación en el sistema de elección de sus miembros, homologándolo a los estándares que existen en otras comunidades autónomas y equiparando su respaldo parlamentario al de otras instituciones de nuestro autogobierno", indica la proposición de ley de reforma de la Ley de la CCA.