Cámara de Cuentas apunta incumplimientos de normativa en la Mancomunidad del Bajo Guadalquivir al no aprobar presupuesto

Actualizado: viernes, 30 octubre 2009 17:53

La falta de justificación de cantidades en contratos de suministro "puede suponer una infracción de la Ley de Haciendas Locales"

SEVILLA, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Cámara de Cuentas de Andalucía apuntó la existencia de incumplimientos de la normativa local por parte de la Mancomunidad del Bajo Guadalquivir, al no haber aprobado y liquidado los presupuestos de varios ejercicios, lo cual ha impedido a esta institución desarrollara un informe referente al ejercicio 2006 y no ha podido "expresar una opinión sobre los estados financieros de este ejercicio, ni sobre el cumplimiento de la normativa reguladora de la gestión económica financiera examinada".

Según el informe de 'Fiscalización de regularidad de la Mancomunidad del Bajo Guadalquivir', correspondiente al ejercicio 2006, consultado por Europa Press, existen una serie de "limitaciones de importancia" que han provocado que el ente fiscalizador "no pueda expresar una opinión sobre los estados financieros del ejercicio 2006, ni sobre el cumplimiento de la normativa reguladora de la gestión económica-financiera examinada".

De esta forma, el último presupuesto aprobado y liquidado por esta mancomunidad, constituida en 1988 y en la actualidad integrada por los municipios de Las Cabezas de San Juan, El Coronil, El Cuervo de Sevilla, Lebrija, Los Morales, Los Palacios y Villafranca, Utrera, Chipiona, Rota, Sanlúcar de Barrameda y Trebujena, es el correspondiente al ejercicio 2003.

Asimismo, apuntó que hasta el ejercicio 2008 la Mancomunidad no había aprobado ni liquidado ningún otro presupuesto, mientras que la contabilidad de los ejercicios 2004, 2005, 2006 y 2007 "no estaba cerrada al finalizar el trabajo de campo", por lo que el equipo de fiscalización no ha dispuesto de estados contables representativos de la actividad económico-presupuestaria de la Mancomunidad del ejercicio 2006.

La Cámara de Cuentas lamentó que el trabajo de fiscalización "se ha visto afectado por el carácter provisional de la información contable suministrada, al no estar cerrada la contabilidad del ejercicio fiscalizado y los anteriores al mismo, limitación que ha tenido una mayor incidencia en el saldo de terceros de la Mancomunidad".

Asimismo, el informe apuntó que la Mancomunidad "no ha formado ni aprobado la Cuenta General ni la liquidación de los presupuestos que ha prorrogado".

Además, agregó que la Mancomunidad "no ha confeccionado la liquidación de ningún presupuesto de los que ha prorrogado, ni ha formado la cuenta general de cada uno de estos ejercicios; no ha remitido la liquidación a otras administraciones públicas ni ha rendido sus cuentas a los órganos de control externo". Agregó que este organismo "no ha cerrado la contabilidad de los ejercicios que han tenido presupuesto prorrogado".

Para la Cámara de Cuentas todo ello implica "un incumplimiento de la normativa local".

Por otro lado, la Cámara de Cuentas advirtió de que la Mancomunidad no ha realizado los trámites legales previstos en el Estatuto de los Trabajadores para que el convenio colectivo alcance "validez", esto es, la inscripción en el registro de convenios colectivos de trabajo de ámbito interprovincial, depósito en el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales y publicación en los boletines oficiales BOP y BOJA.

Asimismo, el ente fiscalizador consideró que el inventario de la Mancomunidad es una base de datos que "no reúne los requisitos establecidos en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales", ya que la información de esta base "no se puede considerar suficiente para conocer en todo momento la situación de los bienes de la entidad". Además, no ha sido autorizado por el secretario ni ha recibido el visto del presidente de la mancomunidad.

INFRACCIONES DE LA LEY DE HACIENDAS LOCALES

Por otro lado, apuntó que en los expedientes de contratación examinados "no queda justificado la elección del procedimiento y la forma de adjudicación utilizados", mientras que en los contratos de servicio y consultoría el informe de insuficiencia de medios es un informe "escueto y tipo".

En el caso de los contratos de suministros no consta el informe del servicio justificando la necesidad de contratación. En concreto, en un expediente de suministros "no está motivado el trámite de urgencia, adjudicado mediante procedimiento abierto bajo la forma de concurso". Agregó que la falta de justificación de la aplicación de cantidades percibidas en concepto de pago a justificar "podría constituir infracción de la Ley de Haciendas Locales".

Por último, en materia de control interno, el informe indicó que la documentación de cada trabajador no se encuentra recogida en un único expediente, sino que está archivada en distintos expedientes, y agregó que en los expedientes analizados faltaba la documentación sobre titulación, DNI, alta en la Seguridad Social, reconocimiento de servicios en otras administraciones y acceso al puesto.

La Cámara de Cuentas indicó que la documentación de los expedientes de contratación no se encuentra recogida en un único archivo y agregó que, salvo excepciones, al expediente no se le adjunta el certificado de existencia de crédito.

Además, en las adquisiciones realizadas mediante contrato no se realiza el certificado de inclusión en inventario y además no hay constancia documental de la realización periódica de conciliaciones de saldos de cuentas bancarias.