Archivo - Personas circulando por el carril bici en patinete eléctrico.
Archivo - Personas circulando por el carril bici en patinete eléctrico. - María José López - Europa Press - Archivo
Publicado: lunes, 6 junio 2022 17:37

SEVILLA, 6 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 12 de Sevilla ha condenado al Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache, gobernado por el socialista Fernando Zamora, a indemnizar con 8.861,9 euros a un vecino por un accidente sufrido en la calle cuando circulaba en un patinete eléctrico y cayó a la calzada al quedar encajada involuntariamente la rueda delantera de dicho vehículo en un "socavón" de la vía.

En la sentencia, emitida tras un juicio celebrado el pasado 22 de mayo y recogida por Europa Press, dicha instancia judicial aborda un recurso contencioso administrativo contra la decisión del Ayuntamiento de San Juan de desestimar una reclamación patrimonial formalizada por el vecino promotor de este litigio, identificado como R.R.L. y representado por el despacho Hepburn & Acosta Abogados y Asesores.

Según se detalla, todo se remonta al pasado 3 de octubre de 2019, cuando el recurrente circulaba por la calzada de la calle Francisco Madrigal Marín de San Juan de Aznalfarache y, "tras sortear anteriormente una grieta de menor entidad, introdujo involuntariamente la rueda delantera de su patinete eléctrico en un socavón de la calzada", sufriendo una caída que le dejó lesiones como omalgia postraumática en su hombro derecho y una lesión abrasiva en el codo, por las cuales reclamaba 8.719,82 por daños personales y por daños materiales 142,08 euros.

La sentencia determina que una testigo "observó cómo el patinete hizo palanca y el demandante cayó a plomo y que había un agujero", pesando "un atestado de la Policía Local obrante en las actuaciones, reportaje fotográfico en el que se indica que dada las dimensiones del agujero, puede entrar perfectamente la rueda delantera de un patinete".

"Dada la entidad del desperfecto y la ubicación del mismo, en medio de la calzada, no nos permite afirmar que sean meras irregularidades superficiales como alega la Letrada de la Administración", indica el juzgado, considerando además que "los daños personales sufridos por el recurrente han quedado acreditados" por documentos como el acta de asistencia en el hospital San Juan de Dios del Aljarafe, una posterior valoración por el área de traumatología o el historial clínico posterior al día del accidente.

"Por todo lo expuesto, procede la estimación de la demanda anulando la resolución recurrida por no ser conforme a derecho y declarando que por el Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache se abone al recurrente la cantidad de 8.861,90 euros más intereses procesales", determina la sentencia, que además es firme.

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