TSJCyL ratifica 3 años y 10 meses de cárcel a un varón por agredir sexualmente y lesionar a su expareja en Soria

Europa Press Castilla y León
Publicado: jueves, 22 octubre 2026 18:15

SORIA 22, (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado una condena de tres años, diez meses y 15 días de prisión, así como una indemnización de 7.380 euros para la víctima, impuesta a un hombre que agredió sexualmente y lesionó a su expareja en noviembre del año 2022 Soria.

El tribunal con sede en Burgos ha desestimado el recurso del condenado y las pretensiones de la acusación particular y ha ratificado íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria.

La condena incluye, por la agresión sexual, la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima y de comunicarse con ella durante cinco años, con control mediante dispositivo telemático.

También contempla cinco años de libertad vigilada tras la prisión y nueve años de inhabilitación para profesiones o actividades con contacto regular y directo con menores.

Por el delito de lesiones, el tribunal confirmó además un año y cinco meses de prohibición de acercamiento y comunicación y un año y un día de privación del derecho a la tenencia y porte de armas. También mantuvo la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante las penas de prisión y la obligación de abonar las costas del procedimiento, incluidas las de la acusación particular.

En cuanto a la pena, los tres años y seis meses de prisión corresponden a un delito de agresión sexual y cuatro meses y 15 días por lesiones en el ámbito de la violencia sobre la mujer.

La Audiencia apreció dos circunstancias atenuantes, una por la reparación parcial del daño antes del juicio y otra por la afectación leve de las facultades del acusado como consecuencia del consumo de alcohol y marihuana.

ANTECEDENTES

La pareja mantuvo una relación de unos 6 ó 7 meses que finalizó en febrero de 2022 y los hechos ocurrieron en la madrugada del 6 de noviembre de 2se año, en el domicilio de la víctima, ubicado en la capital soriana.

Tras coincidir horas antes en un bar de la zona de fiesta de la ciudad, donde la víctima se encontraba junto a un compañero de trabajo, los tres tomaron algo y se fueron a la vivienda para seguir bebiendo y fumando.

Ella decidió acostarse sobre las 4.30 horas y el relato de hechos probados recogió que el acusado, que compartió cama con su expareja, inició contactos sexuales pese a que ella le manifestó de forma reiterada que no quería mantener relaciones y que quería dormir ya que trabajaba al día siguiente.

El hombre aprovechó que estaba acostado de lado, la sujetó de un brazo para inmovilizarla y la penetró contra su voluntad. Ella logró liberarse tras un forcejeo, pero él la golpeó y la volvió a agredir, en esta ocasión en el salón de casa donde dormía el compañero de trabajo, donde la dio empujones y bofetadas.

La víctima sufrió lesiones que precisaron una primera asistencia médica.

DEFENSA

La defensa solicitó la absolución al cuestionar la credibilidad del testimonio de la mujer y considerar insuficientes las pruebas. Sin embargo, la Sala ha respaldado la valoración de la Audiencia y ha concluido que la perjudicada mantuvo una versión sustancialmente coincidente sobre los hechos esenciales, especialmente sobre su negativa a mantener relaciones sexuales.

El tribunal ha señalado que las discrepancias que destacó la defensa no alteraron la coherencia del relato.

También ha valorado que el acusado ofreció versiones distintas, pues inicialmente negó cualquier acto sexual, después admitió que habían mantenido relaciones y, en el juicio, afirmó que no recordaba si hubo penetración.

Las costas de esta segunda instancia se han declarado de oficio y la sentencia permite preparar recurso de casación ante el Tribunal Supremo en los cinco días siguientes a su última notificación.

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