TSJCyL ratifica 6 años y medio de prisión y 81.000 euros de multa a un varón por tráfico de drogas en Ponferrada (León)

Archivo - Audiencia Provincial de León.
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Europa Press Castilla y León
Publicado: jueves, 8 octubre 2026 13:39

LEÓN 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado el recurso de apelación presentado por un hombre condenado por la Audiencia Provincial de León a seis años y seis meses de prisión y una multa de 81.000 euros por un delito contra la salud pública, en la modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia.

El recurrente solicitaba que se le aplicara el subtipo atenuado previsto en el artículo 368 del Código Penal y que la pena se redujera a tres años de prisión y alegaba la escasa entidad del hecho y sus circunstancias personales.

El TSJCyL ha rechazado esta pretensión al considerar que la cantidad y variedad de las drogas intervenidas y los demás efectos encontrados revelan una "profesionalidad en el desarrollo de la actividad ilícita", muy alejada de una venta esporádica de pequeñas cantidades.

Según la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León el 6 de marzo de 2026 y a la que ha tenido acceso Europa Press, se declaró probado que el Grupo de Estupefacientes de la Policía Nacional constató que el acusado se dedicaba a la venta de varios tipos de sustancias estupefacientes --cocaína, hachís, marihuana, éxtasis y MDMA-- a un nivel notorio en Ponferrada.

En el desarrollo de las labores policiales se les interceptaron varias cantidades de estupefacientes y otros efectos, al igual que en los registros domiciliarios, donde se hallaron importantes cantidades de droga, así como utensilios utilizados habitualmente en la preparación y tráfico de estupefacientes.

La totalidad de las sustancias intervenidas a los acusados (otros dos además del apelante) eran de su propiedad y las destinaban a la venta a terceras personas. Además, se incautaron 2.588,76 euros en efectivo procedentes de la venta de estupefacientes.

El TSJCyL ha desestimado el recurso de apelación. Contra esta sentencia cabe recurso de casación para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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