Un juzgado reconoce a una TCAE el cobro de trienios desde que inició su labor en la Ribera

Hospital de Alzira
Hospital de Alzira - REMITIDA CSIF
Publicado: miércoles, 9 noviembre 2022 18:50

   La trabajadora encadenó 30 contratos "sin ruptura significativa en el hilo conductor de la prestación de servicios", dice la sentencia

   VALNCIA, 9 Nov. (EUROPA PRESS) -

   El Juzgado de lo Social número 5 de Valncia ha reconocido la antigüedad de una técnica de cuidados auxiliares de enfermería (TCAE) para percibir los cuatro trienios que acumuló con diferentes contratos en el departamento de salud de la Ribera.

   Según informa la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), la trabajadora inició su relación laboral en 2008 y, desde entonces, encadenó 30 contratos sucesivos por obra o servicio a jornada completa o eventuales por circunstancias de la producción a jornada completa. Algunos fueron de días y otros de meses hasta que la convirtieron en indefinida en 2018. Desde entonces presta servicios como personal laboral a extinguir en la Ribera.

   El sindicato señala que, a pesar de esa antigüedad computada en cuatro trienios, la Conselleria solamente reconocía la que tenía desde su último contrato en mayo de 2017, con lo que a partir de 2020 le abona únicamente un trienio. Ante esta situación, la central sindical presentó recurso, que ahora ha resuelto el juzgado.

   En la resolución, facilitada por el sindicato, se tiene en cuenta la doctrina anterior y factores como "el elevado número de contratos suscritos", lo que hace que no quepa "hablar de ruptura significativa en el hilo conductor de la prestación de servicios, no existiendo así una ruptura en la unidad del vínculo laboral, al no superar los parámetros razonables en favor de la continuidad sin necesidad de examinarla licitud de la cadena contractual".

   "En esta ocasión, el criterio más relajado --con mayor amplitud temporal-- en la valoración del plazo que deba entenderse 'significativo' como rupturista de la unidad contractual puede y debe llegar hasta el extremo de admitir la unidad esencial del vínculo contractual, aunque existan ocasionales interrupciones, habida cuenta el tiempo que la actora lleva prestando servicios en la empresa", añade.

   Ante esta situación reconoce a la trabajadora demandante actora "la antigüedad pretendida a efectos de devengo de trienios habiendo perfeccionado, en consecuencia, cuatro trienios".

   CSIF recalca que el fallo de la sentencia --que es firme-- determina, por esos trienios no pagados, una deuda total de 1.658,76 euros, de la Conselleria con la trabajadora, además de reconocer que le corresponde en su nómina mensual el pago de cuatro trienios y no de uno, como hasta la fecha se hacía.

"ABRE LA PUERTA" A OTROS PROFESIONALES

   El sindicato resalta la importancia de este dictamen judicial, que "abre la puerta a que muchos profesionales laborales de la Ribera puedan reclamar esta misma situación y que se les abone el concepto de antigüedad".

   CSIF, sindicato mayoritario en el comité de empresa, subraya su satisfacción por esta decisión y advierte que seguirá acudiendo a los tribunales cuando vea "lesionados intereses de los trabajadores".