Ayuntamiento abre desde la próxima semana las ayudas por nacimiento o adopción a partir del 1 de septiembre de 2026

La cuantía que percibirá cada familia asciende a 500 euros por el primer hijo, 750 por el segundo y 1.000 por el tercero y siguientes

Archivo - Imagen de los pies de un bebé. El Ayuntamiento de València supera las 1.500 solicitudes de ayudas de natalidad y conciliación durante el primer semestre de 2026.
Archivo - Imagen de los pies de un bebé. El Ayuntamiento de València supera las 1.500 solicitudes de ayudas de natalidad y conciliación durante el primer semestre de 2026. - AYUNTAMIENTO DE VALÈNCIA - Archivo
Europa Press Madrid
Publicado: jueves, 22 octubre 2026 11:54

MADRID, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Madrid abrirá desde la próxima semana la convocatoria de ayudas por nacimiento o adopción, en este caso destinadas a menores nacidos o adoptados entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 y cuya familia cumpla los requisitos establecidos, ha anunciado la portavoz municipal, Inma Sanz, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno.

La cuantía que percibirá cada familia asciende a 500 euros por el primer hijo, 750 por segundo hijo y 1.000 por el tercero y siguientes.

La Junta de Gobierno ha aprobado destinar un gasto plurianual de 15,4 millones de euros para financiar la nueva convocatoria de ayudas por nacimiento o adopción en la ciudad de Madrid. La convocatoria tiene un crédito de 4,7 millones para las solicitudes presentadas en el último cuatrimestre de este año 2026 y 10,7 millones para el ejercicio 2027. "En todo caso es un presupuesto que se podría ve incrementado en función de la demanda", ha señalado Sanz.

Las ayudas se van a poder solicitar a lo largo de los próximos días, en cuanto se publique en el Boletín Oficial (BOAM), con un modelo de solicitud que estará disponible en sede.madrid.es. Deberá presentarse en el registro del ayuntamiento de forma presencial o telemática a través de la sede electrónica. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente del nacimiento o de la adopción.

Como requisitos se pide que el progenitor solicitante sea español o extranjero con residencia legal en España y estar empadronado en la capital desde hace al menos cinco años y no estar privado de la patria potestad de los menores. Tras comprobar que las solicitudes cumplan pues con estos requisitos se abonarán por parte del Ayuntamiento en un único pago.

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