La Audiencia de Huelva confirma un año de cárcel por agredir y humillar a su pareja en la boda del hermano del condenado

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Europa Press Andalucía
Publicado: sábado, 17 octubre 2026 9:59

HUELVA 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Huelva ha confirmado íntegramente la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de la capital onubense, por la que se condena a un año de prisión a un hombre con antecedentes por violencia machista que agredió físicamente y humilló verbalmente a su esposa en el aparcamiento de un restaurante durante la celebración de la boda del hermano del condenado.

Según recoge la resolución judicial, consultada por Europa Press, que desestima el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado, los hechos ocurrieron sobre las 20,00 horas cuando ambos se encontraban en el establecimiento hostelero celebrando la boda del hermano del agresor.

Indica que, en un momento dado, mientras ella conversaba con el contrayente y otro hombre, el procesado se dirigió a la mujer "con ánimo de menospreciarla y mostrando un carácter celoso y agresivo" le lanzó diversos insultos y recriminaciones verbales tales como que era "una guarra" y le estaba "dejando en evidencia delante de su familia".

Ante esta situación, la mujer decidió abandonar el lugar junto a sus hijas. Al dirijirse al vehículo estacionado en el aparcamiento del recinto para cargar sus pertenencias, el agresor la abordó por la espalda, le agarró "fuertemente" del pelo, "le propinó un golpe en la cabeza y la tiró al suelo" mientras la amedrentaba verbalmente.

A continuación, "le agarró del cuello y la cabeza", y la introdujo "violentamente" en el asiento del copiloto del automóvil. Una vez en el interior del vehículo, el acusado continuó la agresión "propinándole bofetadas, golpes en el rostro, patadas desde el exterior del coche y un mordisco en la mano".

La víctima solicitó auxilio a varias personas presentes en la zona de aparcamiento sin que ninguna intermediara en ningún momento para detener el ataque. La agresión cesó cuando intervino otro de los invitados a la celebración, quien le recriminó su actitud y le pidió que se detuviera por la presencia de niños en el establecimiento.

Como consecuencia de estos hechos, la víctima sufrió múltiples contusiones, hematomas en ambos brazos y en el muslo, equimosis en escápula, rodilla y región lumbar, así como una erosión con costra en la mano compatible con una mordedura, requiriendo asistencia facultativa y cinco días de perjuicio personal básico para su sanación.

REINCIDENCIA Y RATIFICACIÓN DE PENAS

La Audiencia Provincial desestima los alegatos de la defensa --que invocaba la vulneración de la presunción de inocencia, error en la valoración probatoria y disconformidad con la duración de la pena-- al considerar que la versión expuesta por la víctima resulta "persistente, firme y sin contradicciones", viéndose "plenamente corroborada" por los partes de asistencia médica y los informes del Instituto de Medicina Legal.

Asimismo, el tribunal avala la imposición de la pena de prisión en su extensión máxima (12 meses) al concurrir la circunstancia agravante de reincidencia --al constarle una condena previa por un delito de lesiones sobre la mujer dictada en 2023-- y atendiendo a "la entidad de la conducta desplegada, la violencia de la agresión prolongada en el tiempo y la humillación" infligida a la víctima.

De este modo, la resolución ratifica la pena de un año de prisión, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante tres años y nueve meses, la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 200 metros o comunicarse con ella por cualquier medio durante tres años, y la obligación de indemnizar a la perjudicada con 232,50 euros, denegándose la suspensión ordinaria de la pena privativa de libertad.

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