Archivo - Fachada de la Real Chancillería de Granada, sede del TSJA y de las secciones penales de la Audiencia de Granada. - EUROPA PRESS - Archivo
GRANADA 19 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a 13 años de prisión y seis años de libertad vigilada para un hombre por abusar sexualmente de las dos hijas menores de su prima en un cortijo en la zona del pantano de los Bermejales, en la provincia de Granada.
Las hermanas tenían en aquel momento entre 9 y 12 años y no supieron inicialmente de los abusos sufridos por la otra. Presentaron la denuncia juntas ante la Policía Nacional en 2022, una vez alcanzada la mayoría de edad, después de que la madre no lo hiciera tras tener conocimiento de lo que estaba ocurriendo diez años antes, según se desprende de la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.
Los abusos se produjeron entre 2010 y 2013, durante las visitas que el acusado hacía a su prima hermana en el cortijo en el que residía con su marido e hijas. El primero de los abusos se produjo a finales de agosto de 2010, cuando el procesado ayudó a la familia a trasladarse al cortijo.
Estando en las tareas propias de una mudanza, aprovechó que una de las niñas, que entonces tenía diez años, se encontraba en una de las habitaciones arreglando y colocando ropa en los armarios para aproximarse por detrás, abrazarla y hacerle tocamientos por encima de la ropa. La pequeña, que no pudo comprender lo que sucedía, lo apartó, y salió corriendo de la habitación hacia el patio de la vivienda, donde esperó hasta que llegara su padre, aunque no le contó nada de lo que había ocurrido.
Este es el único episodio sexual sufrido por la primera de las hermanas, pues luego el acusado se centró en la segunda de las hijas de su prima. Así, en invierno de 2011, cuando se encontraba en el salón de la vivienda a solas con la menor --pues su padre había salido a coger leña--, comenzó a tocarle por encima de la ropa, quedándose la pequeña "paralizada" y cesó cuando apareció el progenitor.
Unos meses más tarde, en verano de 2012, una noche en la que se encontraba de nuevo en la vivienda de su prima bebiendo con el padre aprovechó para meterse en el cuarto de la niña, que tenía 10 años entonces, y abusó de ella a través de diversos tocamientos; y en otra ocasión lo hizo en el salón de la vivienda.
En ambos casos la amenazó advirtiendo de que si decía algo "le haría lo mismo a su hermana", así que ella lo ocultó a sus padres, si bien a partir de este episodio empezó a hacerse cortes en los brazos, "tratando de quitarse la vida".
El último contacto sexual entre el procesado y la menor se produjo en el invierno de 2013, cuando la niña, de 12 años, se encontraba acostada en su habitación. En ese momento la pequeña sí informó a su madre de lo que estaba pasando, aunque ella decidió no denunciar. A consecuencia de estos hechos, la joven ha sufrido daños psicológicos y secuelas por las que ha necesitado tratamiento psicológico.
La Audiencia de Granada le condenó a dos años y un día de prisión como autor de un delito de abuso sexual a la primera de las hermanas, así como a la prohibición de acercarse o de comunicarse con ella durante cuatro años; y a indemnizarla en 2.000 euros.
Por el abuso sexual continuado a la segunda hermana fue condenado a once años y un día de prisión, seis años de libertad vigilada y prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima durante doce años. Junto a ello, se le impuso una indemnización de 35.000 euros a esta víctima por los daños sufridos.
El acusado recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial poniendo en duda la credibilidad del testimonio de las víctimas, así como destacando el hecho de que la madre --su prima-- no denunciara los hechos.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJA rechaza estos argumentos y determina que, aunque la decisión de la madre de no denunciar pueda ser "objeto de crítica", no resta la credibilidad de la víctima sino que confirma que la hija le relató lo ocurrido en 2013.
Durante el proceso judicial, la madre declaró como testigo respaldando la versión de la hija mayor, corroborando que le había contado los hechos en 2013 y explicando ante el tribunal los motivos de su decisión inicial de no denunciar. Por todo ello, desestima el recurso y confirma íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada.