Aprobada en Junta de Gobierno la modificación de la ordenanza para la ampliación de terrazas

Gente en una terraza hostelera de Gijón el primer día que abre desde que se decretó el Estado de Alarma
Gente en una terraza hostelera de Gijón el primer día que abre desde que se decretó el Estado de Alarma - EUROPA PRESS
Publicado: martes, 26 mayo 2020 15:36

GIJÓN, 26 May. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Gijón, reunida este martes de forma telemática, ha aprobado el proyecto de modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Terrazas de Hostelería en la Vía Pública de Gijón para permitir que puedan ser ampliadas tras el COVID-19.

La disposición adicional que regula los requisitos y el procedimiento estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2021, según una nota de prensa del Consistorio gijonés.

El objetivo de esta medida, "transitoria y excepcional", es minimizar los efectos de la pandemia en el sector tras la suspensión de su actividad para la contención de la crisis sanitaria recogida en el Real Decreto 463/2020, por tanto, se extenderá más allá del Estado de Alarma en aras del interés general.

Quienes soliciten autorización para la instalación o modificación de una terraza de hostelería podrán requerir igualmente la ampliación de la superficie de terraza en espacios públicos o privados de uso público.

Eso sí, deberá respetarse siempre el mobiliario urbano y la distancia establecida para el tránsito peatonal, pasos de cebra, accesos a portales, locales comerciales u otras limitaciones previstas en las disposiciones de las autoridades sanitarias.

En cuanto a las condiciones, la terraza autorizable podrá tener hasta el doble de la superficie de ocupación o de la susceptible de ocupación, respetando la proporción mesas/superficie, espacios peatonales y condiciones de uso establecidas por las autoridades sanitarias competentes.

Además, la ampliación garantizará la accesibilidad, incrementando la separación respecto a la fachada del edificio frente al cual se ubiquen.

En las superficies a ampliar, únicamente se ubicarán elementos que se puedan retirar fácilmente como mesas, sillas, sombrillas, mamparas o similares.

Asimismo, en los supuestos de ocupación superior a la fachada del local, se deberá aportar autorización expresa de las personas titulares de los establecimientos o comunidades de propietarios adyacentes o, si fuera propiedad privada, de las personas propietarias del terreno en que se ubique.

AYUDAS A FACHADAS

Por otro lado, se ha concedido una subvención de 127.215,89 euros a la comunidad de propietarios del número 9 de la calle Calderón de la Barca para la rehabilitación de la fachada principal, trasera y patios.

En otro orden de asuntos, se ha ordenado el gasto de 1.434.340,57 euros para el pago de la cuota trimestral de préstamo participativo de ZALIA S.A. correspondiente al segundo trimestre de 2020, que comprende la amortización de capital e intereses.

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