Junta y sindicatos fijan en un 50% mensual el cupo máximo para el teletrabajo de funcionarios

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Actualizado: miércoles, 10 marzo 2021 15:40

   TOLEDO, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -

   Los sindicatos CCOO, STAS, CSIF Y UGT y el Gobierno regional han alcanzado un acuerdo para delimitar las nuevas reglas de la modalidad de teletrabajo para los trabajadores públicos de la Comunidad Autónoma, en el que se fijan, entre otros aspectos, que el cupo máximo de teletrabajo será del 50 por ciento de la jornada mensual.

   Según ha informado CCOO en nota de prensa, este borrador del decreto servirá para mejorar el decreto actual que data de 2013 "y que había quedado a todas luces desfasado".

   "Después de una negociación complicada y farragosa donde conseguir mejoras en el borrador inicial presentado por la Administración parecía tarea imposible, los sindicatos CCOO, CSIF, UGT Y STAS hemos conseguido llegar a un texto de consenso que, aunque mejorable, nos permite avanzar en el desarrollo del teletrabajo y evita la publicación de un decreto manifiestamente peor que el que teníamos hasta ahora, con la confianza en que mediante la comisión paritaria de evaluación, se puedan incorporar las propuestas de mejora que se han quedado por el camino en aras de la negociación", han apuntado desde CCOO.

   El sindicato espera que la voluntad de la Administración sea "real" y que la aplicación de este decreto suponga "un antes y un despues", permitiendo el acceso a muchos más empleados públicos al teletrabajo. "Asimismo, entendemos que tiene que ser el punto de partida para la apertura de las mesas sectoriales de sanidad y educación para la aplicación en sus respectivos espacios de negociación", han añadido.

LA ADMINISTRACIÓN PROVEERÁ LOS MEDIOS TECNOLÓGICOS

   Según el borrador, al que ha tenido acceso Europa Press, los puestos de trabajo susceptibles de prestarse mediante teletrabajo serán aquellos que puedan desarrollarse de forma autónoma y no presencial, quedando fuera de la posibilidad de acogerse a esta modalidad los puestos de dirección, coordinación, supervisión e inspección; jefaturas de área y de servicio; puestos que requieran acceso o uso frecuente de información no digitalizada o que la generen; los que requieran un contacto físico directo con el público; aquellos que conlleven la prestación necesaria de servicios presenciales; y los que no posibiliten que el personal pueda establecer objetivos de volumen y cantidad de trabajo.

   En el borrador también se indica que la Administración proporcionará y mantendrá los medios tecnológicos necesarios para el desarrollo de la actividad, lo que incluirá un ordenador personal de uso exclusivo para la prestación de la jornada laboral, las aplicaciones y herramientas ofimáticas necesarias y los demás recursos y medios tecnológicos de información y comunicación que sean necesarios para la jornada.

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