El Supremo respalda la subida del gravamen del IBI del Ayuntamiento de Burgos

Actualizado: jueves, 30 junio 2016 15:14

BURGOS, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado ajustada a derecho la subida de los tipos del gravamen del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) aprobado por el Ayuntamiento de Burgos en 2012.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, corrige así el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) que declaró la nulidad de la modificación de la Ordenanza Fiscal.

De acuerdo con dicha normativa, el Tribunal Supremo indica que los ayuntamientos han de fijar tipos de gravamen para los bienes de naturaleza urbana que oscilen entre el 0,4 por ciento y el 1,10 por ciento, "sin perjuicio de que puedan ser incrementados con determinados puntos porcentuales si se producen determinadas circunstancias".

La sentencia recuerda además que con la finalidad de que la situación financiera de las corporaciones locales no pusiera en peligro la consecución de los objetivos del déficit público, con carácter transitorio y excepcional para los ejercicios 2012 y 2013, los ayuntamientos en los que concurrieran las circunstancias del de Burgos estaban obligados a incrementar los tipos de gravamen un 4 por ciento para aquellos bienes inmuebles de uso residencial que pertenecieran a la mitad con mayor valor catastral del conjunto de los inmuebles que tuviesen uso urbano.

En el caso del Ayuntamiento de Burgos, concluye la sentencia, la aplicación de ese forzado aumento no rebasa los topes de la legislación vigente, por lo que nada impedía acordar, "de forma justificada", otros usos adicionales.

Por otro lado, la sentencia también confirma la nulidad la modificación de la ordenanza fiscal que somete a tributación las declaraciones responsables, además del otorgamiento de las licencias urbanísticas, por carecer de un informe de carácter técnico-económico, como establece la misma Ley de Haciendas Locales.

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