Actualizado 10/02/2008 12:30

Un informe pide que las sentencias condenatorias sean el título habilitante para acceder a las ayudas por malos tratos

MADRID, 10 Feb. (EUROPA PRESS) -

El informe del Consejo Económico y Social de la Comunidad de Madrid (CES) sobre tratamiento de la violencia de género en España y en la región, concluye que las sentencias condenatorias a los maltratadores deberían ser el 'título habilitante' para que las víctimas de violencia de género puedan acreditarse como tales y acceder a las ayudas que les corresponden por ley.

El trabajo, elaborado por la experta en Derecho, Economía y Políticas Públicas Tatiana Torrejón, recuerda que la sentencia condenatoria no está prevista ni en la Ley Orgánica contra la violencia de género ni en la legislación de la Comunidad de Madrid en la materia y, que, sin embargo, tiene más peso que una orden provisional o una denuncia.

El no contar con dicha sentencia como aval "podría generar incentivos perversos: que las supuestas víctimas finjan serlo para beneficiarse de una ayuda económica, por ejemplo", reza el informe.

En contrapartida, el trabajo expone que la denuncia, actual 'titulo habilitante' al solicitar ayudas a la administración, "no se debería requerir" en los casos de "mujeres más aversas al riesgo, que toma forma de miedo a las represalias del agresor, la vergüenza por la estigmatización como víctima en la sociedad o en su familia, entre otras variables".

En su lugar, la autora propone que la Administración Central "incremente su intervención mediante la policía, el ministerio fiscal y la implicación social", haciendo más frecuentes las denuncias de oficio para dar cobertura a un porcentaje de mujeres maltratadas que "no tienen los incentivos necesarios para denunciar".

"Para estos casos no se debería requerir la denuncia como título habilitante, sino incrementar la intervención del Estado (...) y la colaboración ciudadana", concluye el texto.