Una sentencia de la Audiencia Nacional obliga a Correos a dotar de uniforme a todo su personal eventual

Imagen de un vehículo de Correos.
Imagen de un vehículo de Correos. - CORREOS
Publicado: jueves, 23 mayo 2024 18:22

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 23 May. (EUROPA PRESS) -

   La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que estima la demanda de conflicto colectivo formulada por la CIG contra la Sociedad Estatal de Correos, en la que se reclamaba que el personal temporal recibiese las mismas prendas de uniforme que la empresa postal le entrega al personal laboral indefinido y fijo.

   La sentencia, con fecha del 20 de mayo, considera discriminatoria --y por lo tanto "nula"-- esta práctica de Correos que, a partir de ahora, deberá entregar uniformes obligatoriamente a todo su personal eventual.

   En concreto, según el documento, al que ha tenido acceso Europa Press, la sala concluye que "existe una diferencia de trato no justificada en el seno de la Sociedad Mercantil demandada que implica que los trabajadores temporales, para acceder a determinadas prendas de ropa que facilitan su función, deban sufragarlas por sí mismos, mientras que al resto de la plantilla las mismas le son proporcionadas por la empresa de forma gratuita, lo que lleva a estimar la demanda".

   El pronunciamiento llega ante un conflicto colectivo que, según ha remarcado la CIG, interpuso en solitario porque, según ha criticado el secretario de CIG-Correos, John Vivanco, "ningún otro sindicato quiso adherirse a la demanda". "Aquellas centrales que presumen de tener la mayoría sindical quedaron retratadas", ha esgrimido.

SENTENCIA "HISTÓRICA"

   Vivanco señala también que hubo que llegar a juicio por la de la negativa de Correos de pactar en el acto de conciliación y reivindica que, ahora, gracias a esta sentencia "histórica" propiciada por la demanda de la CIG, "todo el personal eventual de Correos en todo el territorio español tendrá derecho la que la empresa le dote obligatoriamente de uniforme".

   Según concreta, la decisión afecta directamente a todos los trabajadores temporales de reparto que realizaban sus funciones un año hacia atrás desde la fecha de la sentencia, pudiendo reclamar indemnizaciones por el valor de la ropa no entregada, así como la entrega de la propia ropa.

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