Absuelto el empresario Miguel Pascual y los policías acusados de aceptar sobornos en Playa de Palma

Archivo - La Audiencia en el juicio por el caso Playa de Palma, el primer día del juicio.
Archivo - La Audiencia en el juicio por el caso Playa de Palma, el primer día del juicio. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: miércoles, 15 mayo 2024 16:40

   PALMA, 15 May. (EUROPA PRESS) -

   La Audiencia Provincial de Baleares ha absuelto al empresario Miguel Pascual y a los policías locales acusados de aceptar sobornos a cambio de favorecerle en la Playa de Palma.

   El caso procedía de una de las piezas en las que se dividió la macroinvestigación sobre la supuesta corrupción en la Policía Local de Palma. La Fiscalía acusaba a nueve policías y un funcionario municipal de haber proporcionado trato preferente al empresario a cambio de servicios sexuales y alcohol gratis en sus locales.

   En una sentencia de 122 páginas, la Audiencia declara que no se ha probado que un subinspector preavisara de las inspecciones para beneficiar a los negocios de Pascual, o que ordenara que las denuncias que le afectaran no se tramitaran.

   El Tribunal sí entiende acreditado que algunos de los acusados acudían al club de 'table dance' como clientes, pero no que disfrutaran de consumiciones y sexo gratis. Tampoco considera probado que el funcionario municipal acusado de favorecer a Pascual en un expediente "realizara acto alguno contrario a los deberes inherentes a su cargo".

   Asimismo, la Audiencia considera acreditado que en ocasiones el encargado del Bierkönig llamaba de forma directa al teléfono corporativo del Grupo de Acción Preventiva (GAP), pero no que existiera un acuerdo recíproco para que los policías ejercieran labores de seguridad privada en el local, que no tenía personal propio para ello. En este sentido, el Tribunal no acepta que los puntos fijos --los llamados 'plantones'-- frente al local tuvieran como objetivo beneficiar al empresario de manera arbitraria.

   El Tribunal considera que "no se puede condenar sobre la base de actos sin individualizar, por actos de grupo en el que no sabemos si estaban los aquí acusados en dicha fecha". Los magistrados añaden que "en cualquier caso, entra un componente personal aquí de querer trabajar más o menos que difícilmente se puede relacionar en todos los casos con un trato de favor".

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