Las VTC tendrán que estar a una distancia mínima de 300-500 metros de sus clientes a la hora de la precontratación

Manifestación de conductores de vehículos de alquiler con conductor (VTC) en Mad
Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo
Actualizado: viernes, 25 enero 2019 18:53

MADRID, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

Los vehículos de alquiler con conductor (VTC) que quieran operar en la Comunidad de Madrid tendrán que estar a una distancia mínima de entre 300 y 500 metros, según lo determine cada municipio, de sus clientes a la hora de la precontratación del servicio, según consta en el borrador del proyecto de ley con el contenido que ha acordado la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de la capital.

Así consta en el texto provisional del proyecto de ley que ha sido presentado esta tarde tanto a las asociaciones del taxi como de la VTC, al que ha tenido acceso Europa Press, con el fin de modificar la Ley de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid. Si los primeros aceptaran los nuevos requisitos, se podría poner fin a la huelga indefinida que mantienen en la capital desde hace cinco días.

La ley establece como primer requisito que estos vehículos VTC, además de la autorización por parte de la Administración regional, cuenten con su correspondiente licencia urbana expedida por el municipio del que se trate.

En cuanto a la precontratación, donde estaba la clave de las negociaciones, las dos administraciones han decidido optar por la precontratación espacial --distancia entre el vehículo solicitado y el viajero-- en lugar de temporal -- tiempo de antelación con el que se solicita el servicio--.

La Comunidad propone en su proyecto con rango de ley que el vehículo VTC "deberá encontrarse situado a una distancia mínima de 300 metros respecto de la ubicación de la persona que contrate el servicio". No obstante, "al objeto de mejorar la gestión de la movilidad interior de viajeros y garantizar el efectivo control de las condiciones de prestación de los servicios", los municipios podrán incrementar, mediante ordenanza, la distancia mínima de precontratación hasta un máximo de 500 metros.

En este caso, tendrán que hacerlo "respetando el criterio de proporcionalidad" conforme a diferentes motivos: afección al dominio público; afección al tráfico urbano y la circulación de vehículos y afección al estacionamiento en vía pública.

Los vehículos clasificados medioambientalmente en el Registro General de Vehículos en la categoría "CERO Emisiones", según su potencial contaminante, podrán precontratar el servicio a una distancia de 150 metros, respecto al cliente, que las ordenanzas municipales podrán elevar hasta el límite de 250 metros.

Según el borrador, para el control efectivo de este requisito, el arrendador deberá almacenar y conservar electrónicamente el geoposicionamiento de los vehículos que prestan los servicios, tanto del momento de la formalización del contrato como de la recogida efectiva del cliente, durante un plazo de 3 meses.

También deberá facilitar el acceso a esta información a la administración competente cuando le sea requerida, y, además, los servicios prestados mediante vehículos de arrendamiento con conductor deberán comunicarse por vía electrónica antes de su prestación, destaca el texto.

100 METROS DE EVENTOS Y HOTELES

En el borrador del proyecto de ley que justifican aprobar en estos momentos por la situación del sector, se mantiene la propuesta inicialmente lanzada sobre lo que no pueden hacer estos vehículos y que ya está recogido en otras normativas.

De este modo, en ningún caso, las VTC podrán "circular por las vías públicas en busca de clientes, estando prohibido el ofrecimiento directo de los servicios, la recogida de personas en la vía pública que no los hubieran precontratado y el permanecer estacionados a fin de propiciar la captación viajeros sin mediar contratación previa".

Así, se entenderá que los VTC están propiciando la captación cuando se encuentren estacionados a menos de 100 metros de aeropuertos, estaciones de ferrocarril, de autobuses, intercambiadores de transporte, hoteles, centros comerciales, lugares donde se estén celebrando eventos de afluencia masiva de personas y puntos de parada de los vehículos taxi autorizados por los correspondientes ayuntamientos.

A la finalización de los servicios, los vehículos que no estén contratados podrán ser estacionados en lugares distintos a los referidos anteriormente, "donde en ningún caso podrán captar clientes, o volver al lugar donde la empresa tenga una base".

La nueva normativa que la Comunidad de Madrid quiere aprobar recoge como infracciones muy graves la búsqueda o recogida de clientes que no hayan contratado previamente el servicio de la VTC así como estar estacionado propiciando la captación.

Por su parte, se quedará como infracción grave no llevar en el vehículo los distintivos que sean exigibles de acuerdo con la normativa vigente o llevarlos sin tener derecho a ello; o la oferta de servicios de transportes que incumplan los requisitos establecidos para poder ser realizados o intermediar en su contratación. También será falta leve si no se conserva la información referida al geoposicionamiento de los vehículos.

El proyecto de ley también establece las condiciones ambientales y hace referencia a los procesos de renovación y/o ampliación de las flotas tanto de taxis como VTC, donde "se propiciará la introducción de las tecnologías (motorización, diseño, materiales, peso y similares) que permitan la máxima eficiencia energética, la utilización de combustibles renovables, la minimización del ruido y de las emisiones de CO2 y otros gases y partículas contaminantes, y la optimización de reciclado posible de los materiales empleados, así como la evitación de compuestos organoclorados".

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