Publicado 06/02/2026 13:45

Ibercaja lanza un nuevo seguro para vehículos personales ligeros

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Archivo - Patinete eléctrico - EUROPA PRESS - Archivo

ZARAGOZA 6 Feb. (EUROPA PRESS) -

Ibercaja lanza un nuevo seguro para dar respuesta a la reciente obligatoriedad de asegurar todos los Vehículos Personales Ligeros (VPL), como es el caso de patinetes eléctricos, monociclos y segways.

Estos vehículos, tal y como define la Ley son aquellos que tengan una o más ruedas; que sean de una sola plaza; que estén propulsados exclusivamente por motor eléctrico; y que cuenten con una velocidad entre 6 y 25 kilómetros por hora --si el peso del vehículo es menor a 25 kilos) y entre 6 y 14 kilómetros por hora (en el caso de que el peso sea superior a 25 kilos--; así como que estén equipados solamente con un asiento o sillín --si están dotados de sistema auto equilibrio--.

El nuevo seguro que ofrece Ibercaja a sus clientes, Caser Vehículos Personales Ligeros VPL incluye tres garantías básicas. Una de ellas es la responsabilidad civil obligatoria, que responde a lesiones y daños que cause el conductor cuando circule con su VPL, hasta los límites que marca la Ley que son de 6.450.000 euros por siniestro en el caso de daños personales y de 1.300.000 euros, para daños materiales.

En segundo lugar, incluye la cobertura por accidentes para el caso de las lesiones que sufra el conductor del Vehículo Personal Ligero; y como tercera garantía básica, ofrece defensa jurídica y reclamación en caso de accidente.

OBLIGATORIO

Además, este seguro se puede ampliar con la cobertura adicional de asistencia en carretera. Este seguro es obligatorio y no puede ser sustituido por otros que pudieran estar dando cobertura hasta ahora, como algunos seguros de hogar.

Estas nuevas formas y medios de transporte asociados a la movilidad personal han hecho necesaria la adecuación de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro de circulación de vehículos a motor.

Por ello, en 2025 se comienza a elaborar una reforma que equiparara la protección a víctimas y terceros perjudicados en accidentes causados por vehículos de movilidad personal a la existente para otros vehículos a motor tradicionales.

Tras la aprobación de la Ley 5/2025 de 24 de julio y del real decreto 52/2026 que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos de Movilidad Personales (VMP), publicado el 30 de enero de 2026, es obligatorio inscribir y asegurar todos estos vehículos y el incumplimiento de la normativa, además de tener que responder con patrimonio propio ante reclamaciones civiles en caso de accidente, puede suponer sanciones administrativas.

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