El Constitucional admite a trámite el recurso de Vox contra la derogación de la sedición y la reforma de la malversación

El presidente de Vox, Santiago Abascal, en un acto en la plaza de la Feria, en Las Palmas de Gran Canaria
El presidente de Vox, Santiago Abascal, en un acto en la plaza de la Feria, en Las Palmas de Gran Canaria - EUROPA PRESS
Publicado: martes, 7 marzo 2023 15:33

Y vuelve a rechazar la batería de recusaciones contra varios magistrados, entre ellos el ex ministro Campo

MADRID, 7 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado en su Pleno de este martes admitir a trámite el recurso presentado por Vox contra la reforma penal que derogó la sedición y modificó la malversación, al tiempo que ha rechazado las recusaciones lanzadas en varios asuntos contra su presidente, Cándido Conde-Pumpido, y otros magistrados, incluido el ex ministro de Justicia Juan Carlos Campo.

Según ha informado la corte de garantías, los magistrados estudiarán las impugnación de Vox contra la reforma penal recogida en la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso.

Además, en este cónclave interno el TC ha estudiado las recusaciones presentadas por Vox en distintos recursos contra Conde-Pumpido, Campo y las magistradas María Luisa Segoviano y Laura Díez para rechazar "de plano" once, entre ellas las referidas a la conocida como 'ley del solo sí es sí', la de memoria democrática y al decreto-ley 32/2021 de medidas urgentes para la reforma laboral.

El Pleno ha argumentado que estas recusaciones afectan al 'quorum' del TC --que exige un mínimo de 8 de los 11 magistrados que lo componen actualmente--, por lo que supondrían "una paralización inaceptable de las funciones del tribunal".

"La salvaguarda del ejercicio de la jurisdicción constitucional reclama, y justifica al mismo tiempo que, para dictar esta resolución, no deba excluirse de la conformación del Pleno a ninguno de sus magistrados presentes", ha sostenido.

PÉRDIDA DE OBJETO

Asimismo, el Pleno ha declarado la pérdida de objeto de las recusaciones promovidas en relación a dos recursos: uno contra la Ley 8/2021 por la
que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, y otra contra el decreto-ley
21/2021 por el que se prorrogan las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

La corte de garantías ha explicado que estas recusaciones carecen de objeto porque ambos procedimientos están resueltos. El primero, en sentido desestimatorio por una sentencia del pasado 13 de septiembre, y el segundo porque se inadmitió a trámite el pasado 28 de abril.

También ha apuntado a una "pérdida sobrevenida del objeto" de varias recusaciones contra Campo porque el TC ya acordó a finales de febrero respaldar la decisión de este magistrado de apartarse voluntariamente de la deliberación de varios asuntos.

En este tercer grupo se enmarcan las recusaciones en los recursos contra la 'ley Celáa'; la reforma del Estatuto de los Trabajadores para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales; el decreto-ley 14/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; la ley de protección integral a la infancia y la adolescencia; y contra el ingreso mínimo vital.