Archivo - Edificio de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), en Madrid.
Archivo - Edificio de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), en Madrid. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: viernes, 15 julio 2022 18:11

El querellante apunta a falsificaciones de votos en las asambleas

MADRID, 15 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Provincial de Madrid considera que debe permitirse a Eduardo Ezpondaburu, ex secretario general de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), actuar como acusación popular por una querella que ha presentado contra distintos cargos directivos de la entidad, a los que acusa de falsificar votos en las asambleas y de cometer irregularidades al facturar servicios y deducir ingresos.

El Juzgado de Instrucción Número 5 de Madrid rechazó en abril la querella de Ezpondaburu al apreciar que no podía actuar como acusación particular en el procedimiento por no tener la condición de socio de la SGAE, a quienes ha denunciado por los presuntos delitos de usurpación de estado civil y falsedad documental.

La Fiscalía de Madrid, en un escrito al que ha tenido acceso Europa Press, se suma al recurso del excargo de la SGAE contra la inadmisión de la querella y transmite su parecer al Juzgado: que tiene que autorizarle "su personación como acusación popular".

Ezpondaburu se refiere con su querella, según resume el escrito del Ministerio Público, a hechos ocurridos entre los años 2020 y 2021 con la gestión de la SGAE por la dirección, "principalmente con la presunta falsificación de votos para ser utilizados en las votaciones de la Asamblea, así como en las irregularidades incurridas" por la cúpula de la entidad en "la facturación de determinados servicios, así como en relación con la aplicación y deducción de determinados ingresos percibidos por la sociedad".

"Debe permitirse, tras la subsanación pertinente, la personación como acusador popular, indicando que, en relación con los delitos descritos en su querella, no sólo se refieren a delitos societarios sino también a delitos de falsedad documental", señala la Fiscalía, para así "no vulnerar su derecho a la tutela judicial efectiva".

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