Iñaki Urdangarin
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Actualizado: lunes, 3 julio 2017 15:56

Ve prevaricación y fraude que supondrían inhabilitaciones y también cárcel para el caso de Vela y Maldonado

MADRID, 3 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Tribunal Supremo sí ve delito en la adjudicación al Instituto Nóos de 3,6 millones de euros en contratos sin concurso público para organizar tres ediciones de los Valencia Summit --entre 2004 y 2006-- cuyos responsables resultaron absueltos en la sentencia que dictó la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en el 'caso Nóos'.

La Audiencia de Palma dictaminó la absolución para el exvicealcalde de Valencia, Alfonso Grau; el ex director general de la Ciudad de las Artes y las Ciencias, Jorge Vela; su ex directora de gestión, Elisa Maldonado; el ex secretario autonómico de Turismo y Proyectos Estratégicos de la Generalitat Valenciana, Luis Lobón; y el sucesor de Vela, José Manuel Aguilar.

El Ministerio pide que se impongan penas de inhabilitación contra los cuatro últimos como responsables de un delito de prevaricación en los tres convenios firmados entre la Comunidad Autónoma de Valencia y los responsables de Nóos Iñaki Urdangarin y Dieto Torres, que se realizaron "prescindiendo plenamente de las normas de procedimiento que regulan los contratos celebrados". En el caso de Vela y Maldonado, las condenas deberían sumar 5 años y medio de cárcel por el delito de falsedad.

En relación con los hechos probados en la sentencia de Palma, la Fiscalía interpreta que en todos ellos concurre la cualidad de autoridad o funcionario público como autores de un delito de prevaricación y que "nada lesiona más la confianza de los ciudadanos en sus instituciones que ver convertidos a sus representantes públicos en los vulneradores de la legalidad de la que ellos deberían ser los primeros custodios".

LA "RELEVANCIA INSTITUCIONAL" DE URDANGARIN

Las resoluciones de las que fueron responsables se firmaron "a sabiendas de su injusticia", si bien la Fiscalía reconoce en este punto que "el grado de relevancia institucional de Iñaki Urdangarin por razón de su matrimonio explica todas las actuaciones y contactos previos que fueron necesarios" antes de la firma de los convenios, y que permitieron el acceso de los responsables de Nóos a la exalcaldesa de Valencia ya fallecida, Rita Barberá o al expresidente Francisco Camps.

Por ello, pide que se les imponga a Lobón, Maldonado y Vela la pena de 9 años de inhabilitación especial, que se limitaría a 7 años de inhabilitación en el caso de Aguilar Colas.

TAMBIÉN FALSEDAD

La Fiscalía considera también que Vela y Maldonado deben ser considerados responsables de un delito continuado de falsedad en concurso medial con un delito también continuado de prevaricación, una conducta por la que solicita para cada uno de ellos 5 años y medio de cárcel, cuatro años y medio de inhabilitación y 22 meses de multa.

Ello al considerar que Maldonado y Vela fueron las autoridades de las que emanó la decisión y las instrucciones que avalaron el cumplimiento de los requisitos para la contratación "que efectivamente no concurrían".

Los responsables políticos asumieron según la fiscal María Ángeles Garrido las condiciones de contratación ofrecidas por el exduque Iñaki Urdangarín y Diego Torres "con la única finalidad de dar apariencia de legalidad a una decisión que había sido adoptada orillando la ley de contratos del sector público" y para ello no dudaron en elaborar informes 'ex novo' que no respondían a la realidad, sin cumplir los requisitos legales y en la que resultaban beneficiados los responsables del Instituto Nóos.

El tribunal juzgador entendió, por el contrario que se cumplieron los objetivos promocionales firmados en los contratos; que los eventos se realizaron y los pagos se hicieron posteriormente; y que no está acreditado que el único motivo para aceptar la financiación de las cumbres fuera que la persona que las ofrecía, Urdangarin, disfrutaba de un privilegiado posicionamiento institucional con ocasión de su proximidad a la Jefatura del Estado y tuvieran intención de favorecerle.

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