Actualizado 10/11/2008 21:30

Crónica Euskadi.- Ibarretxe no se sentará en el banquillo por convocar su consulta ilegal

- El TSJPV rechaza la querella de Manos Limpias contra el lehendakari por usurpación de funciones, malversación y prevaricación

VITORIA, 10 Nov. (OTR/PRES) -

El lehendakari, Juan José Ibarretxe, no tendrá que volver a sentarse en el banquillo de los acusados -donde le veremos el 8 de enero por sus reuniones con Batasuna- por convocar la consulta declarada ilegal y prohibida por el Tribunal Constitucional. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado la querella presentada por Manos Limpias contra el lehendakari, Juan José Ibarretxe, por usurpación de funciones, malversación de caudales públicos y prevaricación, y al consejero de Interior por malversación de caudales públicos.

La denuncia de Manos Limpias rechazada por el TSJPV señala que en el proceso para convocar la consulta que debía realizarse el pasado 25 de octubre, Ibarretxe aprobó dos resoluciones "ilícitas". La primera el Acuerdo del Consejo de Gobierno que el tripartito adoptó de 28 de mayo de 2008 por el que se remitió al Parlamento vasco el Proyecto de Ley de Consulta. Una resolución en la que Ibarretxe incurrió, según Manos Limpias en un los delitos de "usurpación de atribuciones y prevaricación". La segunda, el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 7 de julio de 2008, por el que se habilita una partida para la consulta, "lo que supone un ilícito de malversación de caudales públicos" que cometieron Ibarretxe y Balza.

Pero el TSJV no observa ninguno de estos delitos, En cuanto al debido de usurpación de atribuciones, el tribunal señala que no existió ya que el Acuerdo de Consejo de Gobierno no es una "disposición general", sino un "acto de trámite que se sitúa dentro del procedimiento legislativo y en el ámbito de la iniciativa legislativa que corresponde, entre otros, al Gobierno vasco". Por tanto el Ejecutivo de Ibarretxe estaba legitimado para tomar esta decisión y, en consecuencia, no hay delito de usurpación.

"UN MERO ACTO ADMINISTRATIVO"

Sobre el delito del prevaricación que Manos Limpias imputa a Ibarretxe por ese mismo acuerdo de Gobierno, el alto tribunal vasco señala que para cometer este delito "es necesario que el autor dicte una resolución que pueda considerarse injusta y, además, que lo haga a sabiendas", algo muy difícil cuando se trata "de un mero acto administrativo de trámite". Y en este caso, señala el TSJPV, "no hay indicios" de que el lehendakari "haya dictado, a sabiendas de su injusticia, una resolución arbitraria en un asunto administrativo" enmarcado además en la "iniciativa legislativa del Gobierno".

En cuanto al tercer delito que señala la querella de Manos Limpias, el de malversación de caudales públicos que se le imputa a Ibarretxe y a Balza por habilitar una partida presupuestaria para la consulta, el TSJPV afirma si remitir al Parlamento vasco el Proyecto de Ley de Consultas "no incurre en los tipos delictivos de prevaricación ni de usurpación de atribuciones" tampoco puede entenderse que desestimar fondos para la materialización de dicho acuerdo sea delito.