El TC admite a trámite el recurso de Vox contra el decreto que limita los desahucios

Archivo - Fachada del Tribunal Constitucional
Archivo - Fachada del Tribunal Constitucional - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Sociedad
Publicado: viernes, 21 mayo 2021 17:25

   MADRID, 21 May. (EUROPA PRESS) -

   El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el Grupo Parlamentario Vox en el Congreso de los Diputados contra la disposición final primera del Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, que se refiere a la prohibición de los desahucios en caso de que no haya violencia o intimidación.

   El pasado 18 de marzo, el Pleno TC ya acordó por unanimidad admitir a trámite el recurso presentado por más de 50 diputados del PP sobre el mismo asunto, ya que el decreto-ley prohíbe expulsar a los 'okupas' de una vivienda cuando la entrada en la misma se haya producido sin "intimidación o violencia".

   En este caso, una vez admitida a trámite, el Tribunal acuerda dar traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno para que puedan personarse y formular las alegaciones que consideren convenientes, como señala en un comunicado.

   Vox considera que se ha podido vulnerar el presupuesto habilitante de la extraordinaria y urgente necesidad establecido en el artículo 86.1 de la Constitución, en el que se expone que "en caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general".

   El decreto-ley aprobado el pasado 19 de enero hacía alusión a los consumidores particularmente expuestos a abusos, fraudes, estafas y engaños por técnicas de comercialización o de información, y modificó el 11/2020 de 31 de marzo sobre medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19.

   En su disposición final primera establecía que solo se permitirá el desahucio "cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas".

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado