La Plataforma Mezquita-Catedral de Córdoba critica el uso de la segunda puerta en Semana Santa a pesar del fallo del TS

Archivo - Interior de la segunda puerta de la Mezquita de Córdoba, cubierta por una lona con la imagen de la celosia retirada
Archivo - Interior de la segunda puerta de la Mezquita de Córdoba, cubierta por una lona con la imagen de la celosia retirada - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: jueves, 21 abril 2022 19:09

CÓRDOBA, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Plataforma 'Mezquita-Catedral. Patrimonio de tod@s' ha expresado este jueves su "asombro ante la falta de respeto" a la resolución del Tribunal Supremo (TS) sobre la llamada segunda puerta de la Mezquita, "por parte del Cabildo Catedral de Córdoba, la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) y la Junta de Andalucía", dado el uso que se ha dado durante esta pasada Semana Santa a dicha puerta, por la que han accedido al principal templo de la Diócesis los pasos procesionales.

Así, según ha señalado la plataforma en una nota, "los desfiles procesionales que este año han llegado a la Carrera Oficial han realizado su entrada al interior de la Mezquita-Catedral por el arco", situado en el muro Norte del monumento, del que fue retirada, de forma "ilegal", la celosía que lo cubría y que fue diseñada por el arquitecto Rafael de la Hoz Arderius el pasado siglo XX.

Ante ello, desde la plataforma se ha recordado que hay "dos sentencias ratificadas por la Sala Primera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo en 2021 que anularon la autorización de la Junta de Andalucía que dio luz verde a la licencia para retirar" la mencionada celosía, que data de 1972, y el objetivo de la retirada de la celosía, "con la consecuente agresión a este Patrimonio Mundial, fue el de abrir una puerta que permitiera entrar y salir a las procesiones".

Tras la providencia del TS, "el proceso se encuentra a día de hoy a la espera de que el Juzgado número 4 de Córdoba ejecute la sentencia, con lo cual, el uso de este vano resulta completamente irregular", a juicio de este colectivo patrimonialista, que también ha criticado "la falta de diligencia de la GMU, institución que tenía conocimiento de la sentencia, al haberla recibido un mes antes de la Semana Santa, y no haber hecho nada al respecto, al igual que la Junta, al no cumplir, una vez más, con su deber de tutelar un BIC afectado por una sentencia judicial".

En relación con ello, desde la plataforma se ha explicado que fue el Cabildo Catedral de Córdoba el que solicitó en 2015 la licencia de obras a la GMU del Ayuntamiento de Córdoba "para la eliminación de la celosía y la apertura de una puerta con la finalidad del paso masivo de las procesiones".

Una vez obtenido el permiso, tras la autorización de la Junta de Andalucía, "desmontó la celosía original, una de las escasas muestras de intervención contemporánea en la Mezquita-Catedral de Córdoba", y "la familia De la Hoz acudió entonces a los tribunales y alegó que la decisión de la Junta atentaba contra la Ley de Patrimonio y sostenía que las celosías ya estaban cuando en 1984 la Unesco protegió al monumento como Patrimonio Mundial".

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Córdoba les dio la razón en una sentencia que "suponía un auténtico rapapolvo para la Junta de Andalucía. El fallo, que fue posteriormente ratificado punto por punto por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), consideraba que la Junta había actuado en contra de sus propias leyes de protección del patrimonio y anuló el acto administrativo por el que se autorizaba la solicitud del Cabildo para la retirada de la celosía que dio lugar a la concesión de licencia, ocurrida en marzo de 2017, poco antes de la Semana Santa de aquel año".

En el fallo, el juez condenó exclusivamente a la Junta de Andalucía, contra la que iba la demanda, ya que el recurso se presentó contra la autorización administrativa concedida por la Consejería de Cultura. Esta sentencia "aludía a una cuestión básica: el deber de las administraciones de conservar el patrimonio histórico. Así, señalaba que la Mezquita de Córdoba está protegida por la Ley de Patrimonio de 1984" de ámbito estatal, "y por la Ley andaluza de 2007".

La Iglesia Católica, por su parte y "tal como recoge el fallo judicial, ha antepuesto intereses de segundo orden, como es el paso de las cofradías, a su deber de conservar todos los elementos relevantes del edificio, incluida la celosía desmantelada".

Además, "la argumentación esgrimida por el Gobierno andaluz y la Agrupación de Cofradías de Córdoba en su recurso para suprimir la celosía no justifica en qué medida se conserva mejor el patrimonio, ni qué enriquecimiento comporta para el monumento", y "es absolutamente contundente --la sentencia-- cuando recuerda que el uso procesional al que se apela para retirar la celosía no está acreditado, documentado, ni siquiera su valor como tradición".

A ello se suma, según ha señalado la plataforma, que "la Administración autonómica recibió hasta 12 advertencias previas por parte de la familia De La Hoz-Castanys, así como de Icomos España e Icomos Internacional, a través de varios informes, sobre una intervención que estaría al margen de la Ley".

Por tanto, la Junta de Andalucía "otorgó dicha autorización con total conocimiento de causa". Ni los arquitectos conservadores que trabajan a las órdenes del Cabildo ni la Consejería de Cultura, en opinión de esta plataforma, han cumplido su cometido de proteger y salvaguardar los valores patrimoniales integrados en el edificio.

La sentencia "no ordena explícitamente la reposición de la celosía", según reconoce la plataforma, "pero anula un trámite previo que es preceptivo, como es la autorización de la Junta de Andalucía. Por tanto y con independencia de otras consideraciones jurídicas, esta anulación al menos dejaría sin efectos la licencia". Por tanto, "hasta que se resuelva de nuevo el fondo de la cuestión", a juicio de esta plataforma "debería respetarse el revés judicial que ha sufrido este acto administrativo".

La sentencia "ofrece una clara interpretación jurídica sobre que ese vano no es una puerta y que la Mezquita-Catedral de Córdoba debe tener los mismos usos que antes de la retirada de la celosía. Es decir, que el monumento tiene las puertas con las que ha llegado a nuestros días y que, por tanto, la Semana Santa tendría que adaptarse a esas circunstancias".

Ahora, tras las procesiones de la pasada Semana Santa, "el vano sigue abierto en el muro Norte de la Mezquita y tapado con un vinilo que reproduce una fotografía gigante de la celosía retirada", y la plataforma sigue reclamando "la restitución de la celosía eliminada a la mayor brevedad, además de la reparación del daño causado".

En este sentido, el colectivo espera que "la celosía se encuentre bien conservada y custodiada, tal y como recomendó la GMU a la Junta de Andalucía y al Cabildo en 2017, al expedir la licencia, y de nuevo en 2019 al conocerse la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Córdoba, que dejaba sin efecto el permiso administrativo que autorizaba la actuación".

Leer más acerca de: