El CAC multa a 8tv con 12.000 euros por publicitar la gestión del Ayuntamiento de Barcelona

Edificio del CAC en Barcelona
CAC
Europa Press Catalunya
Actualizado: sábado, 18 junio 2011 12:52

BARCELONA 18 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Consell de l'Audiovisual de Catalunya (CAC) ha impuesto una multa de 12.001 euros a 8tv por emitir la campaña televisiva del Ayuntamiento de Barcelona 'La Barcelona que ve', que informaba sobre los servicios y productos ofrecidos por esta administración.

En un acuerdo alcanzado en el pleno al que ha tenido acceso Europa Press, el consejo considera estas emisiones una infracción "grave" que incumple las obligaciones del canal en materia de publicidad, patrocinio y televenta.

A juicio del CAC, los contenidos analizados informaban sobre servicios y productos ofrecidos por el Ayuntamiento de Barcelona, y "constituían supuestos de publicidad de carácter institucional, que destacaban la gestión o los objetivos alcanzados por la Administración pública promotora".

Concretamente, 'La Barcelona que ve' consta de los microespacios 'Reiventant el passat industrial'; 'Plaça de les Glòries, canvi total'; 'Més escoles bressol'; 'L9 La línea del futur'; 'Un zoo marí, un nou zoo', 'Illes de l'Eixample recuperades'; 'La Sagrera, el cor de la nova Barcelona', y 'El metro que creix'.

Según el CAC, estos contenidos incumplen, con intencionalidad y reiteración, los requisitos que la legislación vigente establece hacia la publicidad institucional, por lo que la ha impuesto una sanción mínima de 12.001 euros --ya que la legislación prevé multas de entre 12.001 y 90.000 euros--.

De hecho, en noviembre el CAC ya instó al prestador Emissions Digitals de Catalunya (EDC), a adoptar las medidas necesarias para el cese de estos microespacios publicitarios, aunque 8tv siguió emitiéndolos con posterioridad --hasta en ocho ocasiones--.

Después de abrir un periodo de alegaciones, 8tv manifestó su desacuerdo con la valoración del CAC, esgrimió una "falta de motivación suficiente" y alegó el desconocimiento de la infracción, ya que a su juicio, solamente informó de determinados servicios públicos en beneficio del consumidor.

Además, alegó que la continuación de las emisiones después del aviso del CAC se debió a un problema de organización interna y, concretamente, a la ausencia del gerente del canal.

Finalmente, al considerar que estos espacios, de un minuto de duración y presentados aparentemente como informativos, tienen un contenido de promoción del uso de determinados servicios y están ubicados en el mismo contexto que los anuncios convencionales --durante las interrupciones publicitarias--, el CAC ha determinado que se consideran como un anuncio.

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