Economía.- La AHE cree que hay que cambiar la Ley Hipotecaria, pero apunta que la normativa actual no es ilegal

Actualizado: jueves, 14 marzo 2013 16:23


MADRID, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Asociación Hipotecaria Española (AHE) ha abogado este jueves por cambiar la Ley Hipotecaria con el fin de que el deudor pueda invocar más motivos de oposición en el procedimiento de ejecución hipotecaria. No obstante, aclara que la normativa actual no puede ser considerada como "ilegal" o "abusiva".

La AHE reacciona así después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) haya dictaminado que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.

La Asociación ha señalado que el fallo del TUE "era previsible" y ha apuntado que el ordenamiento jurídico español debería poder asumir la opción de dotar al deudor de más posibilidades de oposición en el procedimiento de ejecución hipotecaria para que se pueda suspender de manera cautelar y temporal el proceso de desahucio.

"Nuestras autoridades tendrán que realizar las modificaciones legales necesarias para que el deudor pueda invocar más motivos de oposición en el procedimiento de ejecución hipotecaria", ha apuntado la AHE.

En cualquier caso, ha insistido en que, "a pesar de que la norma sea perfectible de acuerdo con la sentencia del TUE y deba incorporar cambios que doten al deudor de un mecanismo más eficaz y una mayor protección", en España los procesos de ejecución hipotecaria y la legislación hipotecaria vigente "no deben ser clasificados como ilegales o abusivos en su generalidad".

Así, ha destacado que los tribunales nacionales, e incluso el Tribunal Constitucional, se han pronunciado sobre su idoneidad, y ha apuntado que "habría que demostrar que realmente los contratos han contenido cláusulas abusivas". "El carácter abusivo de una cláusula ha de ser específicamente declarado en sede judicial", ha recalcado.

En este sentido, la AHE ha aclarado que la sentencia del TUE no se pronuncia sobre si las cláusulas de intereses de demora de los préstamos, las de vencimiento anticipado en caso de impago de una cuota y la de liquidación unilateral de la deuda por la entidad de crédito son abusivas.

"Únicamente manifiesta que en cada caso será el juez competente quien lo determine con arreglo a la legislación nacional y a unos criterios generales proporcionados por el Tribunal", ha añadido.

Por último, la asociación ha recordado que en el mercado hipotecario español se garantiza la seguridad en el tráfico jurídico mediante la participación tanto de un fedatario público --el notario-- como de un registrador de la Propiedad, que "velan por que las cláusulas contenidas en los contratos y que son inscritas en el Registro de Propiedad respetan la legalidad vigente". Adicionalmente, el Banco de España supervisa la normativa de transparencia y protección del consumidor de servicios bancarios.

"Debemos acotar adecuadamente el alcance de la sentencia y dejar claro que las propuestas de ampliación de los motivos de oposición en la ejecución hipotecaria no han de servir, como se pudiera estar trasladando a la opinión pública, para ser un mecanismo de solucionar desahucios, ni tampoco en ser un mecanismo de dilación de la gestión de cobro", ha advertido.