Economía/Empresas.- La Ley de OPAs se estrena con la oferta de Imperial Tobacco sobre Altadis

Actualizado: lunes, 13 agosto 2007 16:00

Las posibles ofertas sobre Iberia y Agbar también se regirán por la nueva norma, y la de Endesa, sólo si surge una contraopa

MADRID, 13 Ago. (EUROPA PRESS) -

La nueva Ley de Ofertas Públicas de Adquisición de acciones (OPAs) entra en vigor hoy con el objetivo de proteger al pequeño accionista sin obstaculizar los cambios de control de sociedades, y se estrenará con la propuesta de compra de la multinacional británica Imperial Tobacco sobre Altadis.

La oferta de Enel y Acciona sobre Endesa, aprobada por la CNMV el 25 de julio, se rige por la anterior legislación y sólo se someterá a la actual en caso que de surja una contraopa para hacerse con el control de la eléctrica, y el organismo regulador de los mercados así lo estime.

Precisamente, la ley trata de remediar las lagunas en la anterior legislación puestas en evidencia por la guerra de OPAs desatada sobre Endesa, objeto en septiembre de 2005 de la primera oferta de Gas Natural y, posteriormente, de una contrapropuesta de la alemana E.ON, que fracasó por la llegada de Enel y Acciona.

Las posibles operaciones de compra sobre Iberia y Agbar también podrían estar sujetas a esta normativa de operaciones corporativas si el consorcio liderado por Texas Pacific Group (TPG) y British Airways formaliza su oferta preliminar por la aerolínea, y si Suez y 'La Caixa' hacen lo mismo con Aguas de Barcelona.

La norma que obliga a lanzar una oferta sobre todo el capital cuando alguno de sus accionistas supera el 30% de los derechos de voto o ha nombrado a la mitad de los consejeros, amplía aspectos relevantes para accionistas y empresas, como el precio equitativo, y regula de forma más exhaustiva las fases de formulación de ofertas, sus requisitos, y la actuación del oferente y la sociedad afectada.

La entrada en vigor del nuevo marco, ideado para dar más transparencia a los procesos y acabar con la inseguridad jurídica, coincide con la celebración de la junta de accionistas de Imperial Tobacco, que hoy dará 'luz verde' a la oferta de compra sobre Altadis por 12.600 millones de euros.

COMPRAR ACCIONES DURANTE LA OFERTA.

El folleto de esta propuesta de compra aún no ha recibido el visto bueno de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), por lo que se aprobará bajo la nueva legislación y se atendrá a sus premisas, como la posibilidad de comprar acciones en bolsa durante todo el proceso en que la OPA esté en curso.

Imperial Tobacco también se beneficiará de la posibilidad de elevar el precio de su oferta sobre el fabricante de Fortuna tantas veces como quiera mientras no haya otra competidora, y podrá aliarse con otros socios para subir su propuesta, posibilidad que la tabaquera británica explicará hoy a sus accionistas.

Esta entrada de socios se podrá llevar a cabo siempre que el oferente siga manteniendo la responsabilidad exclusiva sobre la oferta modificada, y que esa modificación de la identidad o composición del oferente y las demás variaciones se reflejen en un suplemento del folleto.

La nueva normativa también permite modificar las características de la oferta antes de los últimos cinco días hábiles para su aceptación, siempre que implique un trato más favorable para los destinatarios, ya sea porque extienda la oferta inicial a un número superior de valores, porque mejore la contraprestación o porque se eliminen o disminuyan las condiciones a las que estuviera sujeta.

VENTAJA AL OFERENTE INICIAL.

Además, en el caso de ofertas competidoras, la norma prima al oferente inicial ante un competidor en el caso de llegar al conocido como proceso de 'sobre cerrado'. Si la contraprestación ofrecida en sobre cerrado no fuese inferior al 2% de la de su competidor, el primer inicial podrá mejorar las condiciones de su oferta siempre que lo haga al menos en un 1%.

La norma también recoge que las ofertas de adquisición obligatorias tendrán que presentarse a un precio equitativo, que deberá no ser inferior al más elevado que el oferente hubiera pagado por ese valor durante los 12 meses previos a la presentación de la oferta.

Cuando la oferta obligatoria se deba formular sin haberse producido previamente la adquisición por el oferente de acciones de la sociedad en ese período anterior de 12 meses, el precio equitativo no será inferior a la cotización media ponderada de los valores que quiere adquirir durante el trimestre anterior al anuncio de la oferta, y será calculado por la CNMV.

Por lo que respecta al calendario, tras el anuncio de la OPA, la empresa dispondrá de 30 días hábiles para pedir la autorización del organismo regulador, de cinco días para publicar la oferta y de un plazo de 15 a 70 días naturales como plazo de aceptación.

De esta manera, sin procesos judiciales de por medio, el calendario se prolongaría por un período mínimo de 10 semanas y un máximo de 18 semanas.