Economía.- La justicia europea se inclina por declarar ilegal norma que obliga a conservar datos de telecomunicaciones

Actualizado: jueves, 12 diciembre 2013 10:42

Dará tiempo a los legisladores para que rectifiquen los problemas detectados

BRUSELAS, 12 Dic. (EUROPA PRESS) -

El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Pedro Cruz Villalón, ha dictaminado este jueves que la norma de la UE que obliga a las empresas de telecomunicaciones a conservar sus datos durante dos años para la lucha contra el terrorismo y delitos graves vulnera la Carta de los Derechos Fundamentales.

No obstante, Cruz Villalón ha propuesto suspender los efectos de esta decisión para que los legisladores de la UE puedan adoptar, en un plazo razonable, las medidas necesarias para subsanar los problemas detectados. El dictamen responde a sendas cuestiones prejudiciales presentadas desde Irlanda y Austria.

La opinión del abogado general no vincula al Tribunal de Justicia, pero éste suele seguir sus recomendaciones en el 80% de los casos. Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia definitiva se dictará en un momento posterior.

La norma en cuestión se aprobó como respuesta a los atentados terroristas del 11-M en 2004 y del 7-J en Londres en 2005.

Según el abogado general, la directiva constituye una injerencia en el derecho fundamental de los ciudadanos al respeto de la vida privada. "La explotación de esos datos puede permitir determinar de manera tan fiel como exhaustiva una parte importante de los comportamientos de una persona pertenecientes estrictamente a su vida privada, o incluso un retrato completo y preciso de su identidad privada", apunta.

"Además, existe un mayor riesgo de que los datos conservados se utilicen con fines ilícitos, potencialmente lesivos para la vida privada o incluso fraudulentos o malintencionados" ya que los datos no son conservados por autoridades públicas sino por las propias empresas.

Teniendo en cuenta esta injerencia, que a su juicio puede estar justificada por la necesidad de combatir delitos graves, el abogado general considera que la directiva debería haber definido las garantías mínimas que regulasen el acceso a los datos recabados y conservados y su explotación.

Sin embargo, la norma asigna a los Estados miembros la responsabilidad de definir y establecer esas garantías. Por consiguiente, "no cumple el requisito exigido por la Carta de que toda limitación del ejercicio de un derecho fundamental sea establecida por la ley".

Además, Cruz Villalón sostiene que directiva es incompatible con el principio de compatibilidad al exigir que se conserven los datos durante un periodo de dos años. A su juicio, no existe ninguna justificación para fijar un plazo superior a un año.

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