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Entidades afirman que se "vulneran derechos" al permitir el traslado de extranjeros de la frontera al CIE mientras resuelve el expediente


MADRID, 28 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) ha elaborado un documento de alegaciones para la fase de consulta pública del borrador de Reglamento de Extranjería en el que solicita que se flexibilicen más las condiciones para el arraigo a fin de responder al "volumen creciente" de irregularidad que está dejando la crisis. En su opinión, "la ley de Extranjería, a pesar de las restricciones introducidas, ofrece posibilidades mucho más amplias que las que recogen las propuestas del actual borrador".

Sus alegaciones se suman a las de otras entidades, como la Asociación Profesional de Abogados de Extranjería de Madrid, Inmigrapenal, Ferrocarril Clandestino, el Servicio Jesuíta a Migrantes o la Asociación Catalana de Profesionales de la Extranjería, que han analizado artículo por artículo la propuesta del Gobierno para plantear modificaciones que van desde las autorizaciones de residencia, hasta la situación de los menores o los centros de internamiento (CIE).

Para CEAR, "una de las mayores lacras que se viene arrastrando es la caída en una irregularidad sobrevenida de numerosos extranjeros, produciéndose el efecto perverso de multiplicar los procedimientos administrativos y judiciales y saturando aún más" el sistema, por lo que propone rebajar la exigencia de cotización a la Seguridad Social a tres meses por año de residencia y abrir el arraigo.

"Se debe flexibilizar aún más la aplicación de la figura del arraigo para el acceso a la residencia temporal, con objetivo de paliar el volumen creciente de inmigrantes en situación irregular como consecuencia de la crisis", explica CEAR, quien argumenta que estas personas "ya se están ganando la vida de alguna manera" en España y su regularización por arraigo, "sin mecanismos extraordinarios", incrementaría las cuotas a la Seguridad Social.

También en materia de permisos, CEAR denuncia que el procedimiento estipulado en el Reglamento para la tramitación de las distintas autorizaciones establece requisitos que "o bien complican innecesariamente la tramitación o bien suponen una opción de dudoso anclaje legal" y propone, entre otras medidas, autorización inicial de residencia y trabajo de dos años de duración, permisos para los inexpulsables y para los menores tutelados o adultos ex tutelados.

En este sentido, la Asociación Catalana de Profesionales de la Extranjería alerta, además, de que en general, el procedimiento de autorización de residencia por reagrupación familiar es "excesivamente gravoso para las familias extranjeras, exigiendo documentación que implica un coste económico, personal, y un esfuerzo titánico, con la mera finalidad de renovar una residencia, cuando a la Administración, muchos de esos requisitos ya le constan".

Asimismo, CEAR denuncia que "la acreditación de medios de vida" que se exige a los extranjeros "es discriminatoria" porque necesitan, en tiempos de crisis, certificar que perciben una cantidad equivalente al 175% del IPREM (más de 900 euros al mes) para reagrupar a sus familiares, cuando "la lógica del gobierno es aplicar el Salario Mínimo Interprofesional (630 euros al mes) como baremo de la sostenibilidad de las familias españolas".

INFORMES DE INTEGRACIÓN Y VIVIENDA

Por otro lado, CEAR considera que "se debe evitar a toda costa la hipotética arbitrariedad o las prácticas discriminatorias de las CCAA en la elaboración del informe sobre el esfuerzo de integración" y se refiere al retorno para tachar de "inaceptable" que las personas que han abandonado España voluntariamente sin ayudas públicas tengan prohibido regresar hasta pasados tres años.

Sobre los informes se pronuncia también la Asociación Catalana de Profesionales de la Extranjería, para opinar que deben encargarse a los ayuntamientos, puesto que ya tienen experiencia. La organización estima que derivar al consistorio la tarea cuando el gobierno autonómico no lo satisfaga en quince días, como prevé el reglamento, es una duplicidad innecesaria y un plazo "totalmente insuficiente".

"VULNERACIÓN DE DERECHOS"

Por su parte, la Asociación Profesional de Abogados de Extranjería de Madrid, Inmigrapenal, Ferrocarril Clandestino y el Servicio Jesuíta a Migrantes han elaborado un documento centrado en el régimen sancionador que contempla el reglamento, en el que se denuncia que el redactado actual "vulnera derechos" de los extranjeros, que ahora podrán pasar directamente de la frontera al CIE si son rechazados y el expediente correspondiente no se resuelve en 72 horas.

"Si a personas ancianas, jóvenes, turistas extranjeros, que llegan a España se les interna en el CIE en tanto se resuelve su expediente de rechazo en frontera, se les está vulnerando su derecho fundamental a la libertad personal", denuncian las organizaciones, para incidir en que "si el expediente se prorroga las 72 horas, deben quedar en libertad, no permanecer detenidas sin haber incurrido en ninguna infracción, falta o delito".

Asimismo, estas entidades denuncian que el reglamento "faculta la expulsión de extranjeros imputados, que no culpables, tanto en delitos como en faltas", de modo que "bastará la existencia de un único proceso de faltas para facultar a su expulsión judicial, lo que vulnera la presunción de inocencia, porque no podrán ejercer su derecho de defensa".

Sobre este asunto, piden también que se fije la "excepcionalidad" del internamiento, "gravísimo por ser privación de libertad", haciendo que el instructor deba "motivar ante el juez" tanto el uso del procedimiento preferente de expulsión como "las circunstancias concurrentes que aconsejan el internamiento", de forma que no se pueda alegar sistemáticamente el "riesgo de incomparecencia" como justificación.

En cuanto a los CIE, exigen que se elabore y apruebe la regulación específica que contempla la ley y piden que se equiparen los mínimos con los establecidos para los centros penitenciarios y que cuando se ponga a un extranjero en libertad, se le proporcionen los medios necesarios para volver a su domicilio o lugar donde fue detenido, así como un documento acreditativo de su internamiento.