Actualizado 10/04/2013 20:28

Amnistía Internacional pide a Educación garantizar que no se discrimine a alumnas por llevar velo

MADRID, 10 Abr. (EUROPA PRESS) -

Amnistía Internacional ha mostrado su "preocupación" por las restricciones al uso del pañuelo islámico en centros escolares y llama al Ministerio de Educación español y a la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid a garantizar que no se discrimine a alumnas por llevar velo.

"Que garanticen que las restricciones impuestas por centros escolares al uso de vestimenta que pueda afectar al ejercicio del derecho a la libertad de expresión y de religión son conformes con el derecho internacional de los derechos humanos. Pese al principio de autonomía de cada centro educativo, tanto el Estado como la Comunidad de Madrid tienen el deber de garantizar que se respeta el principio de no discriminación en la educación", apunta.

Así, AI recuerda que se sintió "decepcionada" después de que el pasado 8 de febrero el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declarara inadmisible por cuestiones de procedimiento el recurso presentado por la familia de Najwa, una estudiante a quien se había prohibido usar el pañuelo islámico en el Instituto Camilo José Cela de Pozuelo de Alarcón (Madrid), y que tuvo que matricularse en otro centro.

AI afirma que el uso de símbolos y prendas religiosos y culturales es "un elemento del derecho a la libertad de expresión y del derecho a manifestar la religión o las creencias" y señala que, en virtud del derecho internacional, las restricciones a este derecho sólo son admisibles cuando se reúnen tres condiciones: "la restricción debe estar establecida por ley; debe tener una finalidad reconocida como legítima en virtud del derecho internacional (proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos o los derechos o libertades de otras personas); y debe ser demostrablemente necesaria y proporcionada para alcanzar dicha finalidad".

Además, recuerda que en España "no existe una prohibición general de los símbolos y prendas religiosos y culturales en la educación" y apunta que, en el contexto de los centros escolares, al evaluar si la restricción del uso de símbolos y prendas religiosas y culturales es admisible, el punto de partida debería ser "la presunción general del derecho del alumnado a usar símbolos religiosos en el centro escolar".

El objetivo, según indica AI debe ser siempre proteger por igual los aspectos positivos y negativos de la libertad de religión o creencias, es decir, "la libertad de manifestar las propias creencias y la libertad de no verse expuesto a presiones para realizar actividades religiosas".

Además, remarca que, según la Convención sobre los Derechos del Niño, el interés superior del niño debe ser una consideración principal en todas las acciones que afecten a menores de edad y dice sentir "preocupación" por si se respetó el interés superior de Najwa en este caso, ya que, a causa del ejercicio de su derecho a la libertad, se vio aislada de sus compañeros, tuvo que matricularse en otro centro escolar y requirió atención psicológica.