CCOO impugna la resolución de Sanidad sobre la colocación de cartelería en centros de salud

La puerta del Centro de Salud de Abrantes
La puerta del Centro de Salud de Abrantes - Jesús Hellín - Europa Press
Publicado: miércoles, 1 marzo 2023 10:30

MADRID, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

CC.OO. Sanidad Madrid ha presentado un recurso ante un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid contra la resolución de la Consejería de Sanidad sobre la cartelería y recogida de firmas en los centros de salud de la región.

Para el sindicato, la resolución sobre el mantenimiento y limpieza en los centros de salud de la región lesiona el derecho fundamental que proclama el artículo 20 de Libertad de Expresión e Información, así como el artículo 28 de Libertad Sindical y Derecho de Huelga.

"Desde CC.OO. denunciamos el intento de aplicación de mordaza a profesionales y ciudadanía y por eso llevamos ante los tribunales al Gobierno de la Comunidad de Madrid, ya que atenta contra la libertad de expresión, de información, sindical y también sobre el derecho a huelga, todos ellos recogidos en la Constitución", ha destacado en declaraciones remitidas a los medios Sergio Fernández, portavoz de CC.OO. Sanidad Madrid, Sergio Fernández.

En un comunicado, la organización sindical defiende que la distribución de la resolución por parte de la Consejería de Sanidad "responde al éxito de las últimas movilizaciones y al conflicto existente en el ámbito de la Atención Primaria", con una huelga de médicos y pediatras de este primer nivel asistencial desde el 21 de noviembre.

Además, el sindicato cree "evidente" que esta resolución, "en forma de instrucciones y bajo el aparente amparo de potestad de auto organización de la Administración, "tiene un carácter marcadamente coercitivo y conminatorio, incluso con consecuencias desfavorables para quienes ejerzan derechos que son fundamentales".

Así, en el escrito presentado ante el juzgado, CC.OO. recuerda que la resolución del departamento que dirige Enrique Ruiz Escudero fue dictada en un contexto de conflicto y movilización en defensa de la Sanidad Pública y de la Atención Primaria y existe un proceso de cierre de los Servicios de Urgencia de Atención Primaria y reordenación de efectivos con apertura de los nuevos centros PAC en el ámbito de las urgencias extra hospitalarias.

Además, según recalca en un comunicado, se produjo tres días después de la multitudinaria manifestación en defensa de la Sanidad Pública del 12 de febrero y en un momento en el que desde hace tiempo se había puesto en marcha la recogida de firmas de apoyo a los profesionales, movilizaciones en las puertas de los centros de salud.

NORMA COERCITIVA

Desde el día 16 de febrero de 2023 --un día después de la publicación de la resolución--, y en base a la misma, según ha denunciado el sindicato, se están produciendo en muchas instituciones sanitarias de la Comunidad de Madrid "la retirada de cartelería propia de las Secciones Sindicales y se está impidiendo la publicidad sobre determinadas actividades sindicales y de información que entorpecen la legítima acción sindical". Además, la organización sindical ha denunciado que varios representantes del sindicato han sido ya censurados por esta resolución.

"No entendemos que dicha resolución suponga ejercicio legítimo del empleador siendo que tampoco puede admitirse que tal previsión sea una respuesta legítima y proporcionada a los hechos que se están dando en los centros de Atención Primaria. Teniendo en cuenta también que, hasta la fecha, no se había tomado medida parecida alguna", ha remarcado CC.OO. Sanidad Madrid.

En este contexto, ha censurado que se utiliza "como instrumento para privar de efectividad a las movilizaciones", en relación además con el artículo 20 de la Constitución española, que ciertamente reconoce y protege el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

"En la legislación laboral aparece reconocido un específico derecho de expresión y difusión dirigido al ejercicio de la función representativa o instrumento para fomentar la acción sindical, que autoriza a los representantes a expresar con libertad sus opiniones en las materias concernientes a la esfera de la representación, pudiendo publicar y distribuir, sin perturbar el normal desenvolvimiento del trabajo, las publicaciones de interés laboral o social, conforme a la cual los y las profesionales podrán efectuar publicidad de las mismas así como exponer la propia postura o recabar la solidaridad de terceros", zanja el sindicato.

RECORDATORIO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE

En concreto, en la citada resolución se recuerda, de conformidad con la legalidad vigente, no está permitida la utilización de las instalaciones de Primaria para actuaciones distintas a la prestación del servicio sanitario en beneficio del paciente. Por ello, recalca que no se podrán realizar actividades como la recogida de firmas, instalación de cartelería o reparto de folletos no autorizados, ni cualquier otra acción que no tenga carácter asistencial o de promoción de la salud.

El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, explicó en su momento que la instrucción no supone "ninguna amenaza" y defendió que se basa en recordar cuál es la "legislación básica" sobre el funcionamiento de los consultorios y las labores de los sanitarios.

Según explicó, se trata del recordatorio de cuatro leyes, "que son normativa básica y que hay que cumplir en todo momento en el día y día y en el funcionamiento de los centros de salud".

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