Lokarri edita una publicación sobre la legalidad de la consulta, que "cabe en el ordenamiento jurídico"

Actualizado: jueves, 26 junio 2008 15:52

Considera "necesaria" una Ley de Consultas que contemple la creación de un Instituto Público de Democracia Participativa

SAN SEBASTIAN, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Red Ciudadana por el Acuerdo y la Consulta Lokarri dio a conocer hoy la publicación que ha editado sobre la legalidad de la consulta popular, que, a su juicio, además se "ser legal cabe en el ordenamiento jurídico".

En una rueda de prensa en San Sebastián, representantes de Lokarri explicaron que la citada publicación trata la cuestión de la legalidad de la convocatoria de una consulta popular como la presentada por el Gobierno vasco, intentando explicar "de una manera didáctica" diversos aspectos de esta cuestión.

A su juicio, la Ley de Consulta del Gobierno vasco "entra dentro del ordenamiento jurídico", porque "no es un referéndum" y por tanto "no está sujeta a los requisitos que plantea el artículo 149 de la Constitución", que establece que el Estado "tendrá la competencia exclusiva para la convocatoria de las consultas populares por vía de referéndum".

Además, Lokarri señaló que en la consulta prevista para el 25 de octubre, en caso de que obtenga mañana el respaldo del Parlamento vasco, "no se somete a la consideración de la ciudadanía un acto normativo o una ley", porque su objetivo es "clarificar los principios para desarrollar un proceso de paz y normalización política" y consultar a la ciudadanía "para recabar su opinión" sobre estas cuestiones.

Por otro lado, Lokarri recordó que el Estatuto de Gernika establece la obligación de los poderes públicos vascos de "facilitar la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos" y añadió que "no es posible entender la democracia sin permitir la apertura a una participación ciudadana que no esté exclusivamente restringida a los modelos tradicionales de participación en procesos electorales".

Asimismo, indicó que el Tribunal Constitucional "no puede examinar de oficio la constitucionalidad de una Ley", y por tanto "dependerá de la voluntad política" si esta Ley, en caso de ser aprobada por el Parlamento pueda aplicarse de tal manera que se celebre la consulta el 25 de octubre.

A su juicio, emplear el recurso ante el Tribunal Constitucional para impedir la celebración de la consulta supone "ocultar el verdadero debate bajo el manto de una legalidad entendida en sentido restrictivo" y transmite el mensaje de que "el actual sistema democrático restringe la participación ciudadana a los procesos electorales o a mecanismos de perfil bajo que no permiten la definición directa de la voluntad popular".

LEY DE CONSULTAS

Lokarri consideró "necesaria" una Ley de consultas populares que recoja que la competencia para convocarlas "no quede exclusivamente en manos del Gobierno o el Parlamento vasco, sino que abra también la posibilidad de que los propios ciudadanos puedan promoverlas".

También que permita que los ayuntamientos puedan convocar de manera directa consultas populares sobre cuestiones de especial interés en cada localidad y que en caso de que la convocatoria parta de una institución pública "se establezca un procedimiento de información y fomento de la participación ciudadana".

Finalmente, apostó por que la citada Ley contemple la creación de "un Instituto Público de Democracia Participativa cuyo objetivo sea promover la participación ciudadana en los asuntos públicos".