Actualizado: viernes, 8 septiembre 2017 14:57

La interposición del recurso del Gobierno precisa de la publicación de la ley en el diario oficial

MADRID, 8 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) que previsiblemente iba a reunirse esta tarde para estudiar un eventual recurso de inconstitucionalidad contra la ley de ruptura de Cataluña ha sido aplazado porque la norma aún no ha sido publicada en el Diario Oficial de Cataluña (DOG), por lo que el Gobierno no puede impugnarlo.

Fuentes del tribunal de garantías han señalado a Europa Press que, aunque no estaba convocado oficialmente, estaba previsto que los doce magistrados del TC se reunieran en sesión extraordinaria tras la presentación del recurso a primera hora de la tarde. El retraso en la publicación en el DOGC ha dado al traste con todas estas previsiones y el Pleno ha sido de momento aplazado.

No obstante, las mismas fuentes señalan que la situación es muy fluida y puede cambiar en las próximas horas. De momento se descarta que el TC se reúna el lunes, festivo en Cataluña y fecha de la Diada, por lo que de no producirse hoy el análisis del recurso del Gobierno no se produciría hasta el martes 12 de septiembre. La admisión a trámite del mismo conllevará la suspensión cautelar de la vigencia de la norma durante al menos cinco meses.

El Parlamento de Cataluña aprobó la denominada Ley de Transitoriedad Jurídica y fundacional de la república catalana' con la que JxSí y la CUP quieren consumar la ruptura de Cataluña del resto de España si gana el 'sí' en el referéndum del 1 de octubre.

La aprobación se llevó a cabo pese a que el Tribunal Constitucional (TC) había acordado poco antes la suspensión de la ley de referéndum, de la resolución por la que se convoca la consulta de autodeterminación para el próximo 1 de octubre y otros dos acuerdos del Parlamento de Cataluña sobre las normas complementarias de organización del propio referéndum y el nombramiento de una Sindicatura que pretende ejercer de Junta Electoral.

CLAVES DE LA LEY DE RUPTURA

La Ley establece un periodo transitorio de aproximadamente un año para crear una Constitución y convocar las primeras elecciones de una república catalana. En el periodo transitorio seguirían vigentes las normas de la UE, los tratados internacionales y todas las leyes estatales que "no contradigan" la ley catalana de transitoriedad jurídica y se podrían recuperar todas aquellas normas catalanas que ya haya suspendido el Tribunal Constitucional (TC) y volverles a dar rango legal.

Contempla igualmente que el presidente de la Generalitat sea automáticamente jefe del Estado y que Cataluña asuma el control de las fronteras y aduanas, además de expulsar al Ejercito hasta que la futura Asamblea Constituyente decida si se crea uno propio.

Con respecto a los empleados públicos del Estado que prestan servicios en Cataluña se integrarán automáticamente en el cuerpo funcionarial de la Generalitat, manteniendo sueldo y condiciones.

Prevé también que tendrá la nacionalidad catalana quien tenga la española y esté empadronado en Cataluña antes del 31 de diciembre de 2016. Además, todo catalán mantendría la nacionalidad española, aunque puede pedir renunciar a ella.

Respecto a la Justicia, la ley de ruptura crea un ordenamiento jurídico aunque manteniendo las plazas de los actuales jueces, magistrados, fiscales y letrados. Uno de los cambios más sustanciales es la sustitución del TC por Sala de Garanties y del TS por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Además, el presidente del Supremo catalán será nombrado por el Gobierno catalán y el fiscal general por el Parlament.

Igualmente, la norma contempla la amnistía a condenados por el proceso soberanista y que la Generalitat sea la única autoridad tributaria en Cataluña.

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