El acusado de provocar una parálisis cerebral a su sobrina por zarandearla acepta seis años de prisión

Actualizado: martes, 16 abril 2013 14:11

Pagará una indemnización de 600.000 euros y la prohibición de aproximarse a la pequeña a menos de 300 metros durante 20 años


OVIEDO, 16 Abr. (EUROPA PRESS) -

El acusado de zarandear a su sobrina de siete meses, provocándole graves lesiones que desembocaron en parálisis cerebral y pérdida casi total de la vista, ha admitido este martes las acusaciones y ha aceptado una condena de seis años de prisión, prohibición de aproximarse a menos de 300 metros o comunicarse con la menor durante 20 años y el pago de una indemnización a la pequeña de 600.000 euros.

La vista oral estaba señalada este martes en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, a las 10.00 horas, aunque tras el reconocimiento de los hechos por parte del acusado no llegó a desarrollarse, según ha informado la Fiscalía. El acusado fue detenido por estos hechos el 28 de junio de 2011 y permanece ingresado en Villabona desde el pasado 30 de junio.

El acusado se trasladó a vivir al domicilio de su hermana, en Oviedo, para ayudarla a cuidar a sus tres hijos, ya que la mujer está separada de su esposo. En la tarde del jueves 23 de junio de 2011, sobre las cinco o cinco y cuarto, la mujer tuvo que salir de la casa y se llevó consigo a la mayor de los niños, de tres años.

Los otros dos, que en ese momento tenían dos años (aún sin cumplir) y siete meses de edad, respectivamente, se quedaron a cargo del acusado. La mujer le dejó preparado un biberón que la pequeña de los niños no había querido tomarse antes.

Poco después de que se marchara, el acusado agarró con fuerza a la bebé, dándole fuertes sacudidas, ya sea porque su llanto -no quería tomarse el biberón- acabó con su paciencia- o por otro motivo que se desconoce.

Alarmado por el estado en que quedó la niña, el acusado telefoneó a su hermana y le dijo que había pasado "lo mismo que la otra vez", en referencia a un episodio similar que tuvo lugar el 25 de mayo de 2011 cuando, en la única ocasión en que la niña se había quedado bajo el cuidado del acusado y sin que estuviera presente ningún otro adulto, tuvo que ser ingresada en el servicio de urgencias del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA).

A continuación, el acusado salió de su casa y, siguiendo las instrucciones de su hermana, se reunió con ésta y ambos se trasladaron, junto con la menor, al servicio de urgencias de un centro de salud de la ciudad, donde los facultativos apreciaron en la niña bajo nivel de consciencia con ausencia de respuesta a estímulos, respiración superficial, pupilas no reactivas, ruidos apagados en la auscultación cardiaca y traumatismo en la región frontal izquierda. El 27 de junio de 2011 fue derivada al HUCA, donde quedó ingresada.

La niña había tenido hasta ese momento un desarrollo normal y no se conocía que padeciese ninguna dolencia grave. A consecuencia de haber sido zarandeada por su tío sufrió numerosas lesiones, de las que tardó en curar 361 días, 61 de ellos de hospitalización. Le quedan como secuelas, entre otras: encefalopatía grave secundaria a daño cerebral adquirido, en contexto probable de maltrato infantil; epilepsia multifocal; retraso psicomotor grave; parálisis cerebral tetraparésica; severa atrofia cerebral cortico-subcortical; pérdida total de visión en el ojo derecho; pérdida casi total de visión en el ojo izquierdo.

Dada la gravedad e irreversibilidad de los daños cerebrales que padece la menor, los facultativos consideran indicada una limitación de esfuerzo terapéutico y que, en caso de parada cardiorrespiratoria, no se instauren medidas de reanimación cardio pulmonar.