La Sindicatura detecta una "presunta responsabilidad contable" de la Universidad por complementos a docentes sanitarios

Actualizado: miércoles, 23 julio 2014 14:55
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OVIEDO, 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

   La Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias ha detectado en el 'Informe definitivo de fiscalización a la Universidad de Oviedo. Ejercicio 2012' una "presunta responsabilidad contable" por complementos a docentes sanitarios que carecían de "soporte legal".

   "La Universidad de Oviedo ha estado incluyendo en la nómina del personal docente sanitario con plaza vinculada un complemento específico que, desde el ejercicio 2007, carece de soporte legal. Este hecho origina una incidencia legal constitutiva de presunta responsabilidad contable. De conformidad con la Ley de la Sindicatura de Cuentas, se da traslado inmediato al Tribunal de Cuentas de esta circunstancia, en tanto que es el único órgano competente para el posible enjuiciamiento", señala el documento de la Sindicatura recogido por Europa Press.

   Igualmente, entre las recomendaciones del Órgano de Control Externo (OCEX) asturiano a la institución académica destacan que la gestión del inventario "debería estar en todos los casos vinculada a la contabilidad, con el fin de garantizar la integridad de la información, facilitar la conciliación automática de los registros y disminuir el riesgo de incorrecciones".

   Asimismo, apunta que el programa de gestión de proyectos de investigación "debería enlazarse con el de contabilidad, para que la información fuese completa y coincidente".

   "Debería ser dictada una nueva norma de gestión presupuestaria para adecuarla a lo previsto legalmente, superando las incongruencias y antinomias actuales", indica el informe, añadiendo que "la Ley del Principado de Asturias del Consejo Social de la Universidad de Oviedo debería ser adaptada a la Ley Orgánica de Universidades".

   Asimismo, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto, la Sindicatura incide en que "la contratación debería contener los elementos que permitan valorar la oportunidad y la eficiente utilización de los fondos públicos".

   "En los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los contratos deberían especificarse con la mayor precisión y objetividad posible los criterios de adjudicación, así como los procedimientos de valoración y ponderación; y en los procedimientos negociados sin publicidad, ante la inexistencia de una efectiva concurrencia a la licitación, se debería reiterar la solicitud de ofertas de un modo razonable, en caso de que algunas de las primeras solicitudes no hubieran dado resultado, para garantizar la efectiva competencia", se sugiere en el informe del organismo fiscalizador.

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