Las tres diputaciones, contra la Ley de Consultas de EH Bildu

Actualizado: miércoles, 9 marzo 2016 18:22

BILBAO, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -

   Las Diputaciones Forales de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava han presentado cuestión de competencia ante la Comisión Arbitral contra la Proposición de Ley para el Empoderamiento de la Ciudadanía de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa -conocida como Ley de Consultas- que está tramitándose en el Parlamento vasco a propuesta de EH Bildu.

    Las instituciones forales consideran que esta Proposición de Ley, tomada en consideración por el Pleno del Parlamento vasco el pasado 4 de febrero y publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) el 19 de febrero, "vulnera las competencias" de los territorios históricos.

     Según las diputaciones, la Proposición de Ley "no invoca ningún título competencial autonómico que la habilite para abordar las consultas populares ni otras formas de participación ciudadana, sino que se sitúa al margen o por encima del orden de competencias previsto en el Estatuto de Autonomía del País Vasco y en la Ley de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los órganos forales de sus Territorios Históricos (LTH)".

   Tal y como se recoge en su artículo 1, dicha iniciativa tiene por objeto "el establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la realización y la convocatoria de los mecanismos de las consultas populares, y otras formas y mecanismos de participación ciudadana institucionalizada en el ámbito competencial del Gobierno vasco, las Diputaciones Forales y las entidades locales", ha señalado Diputación.

   Las instituciones forales entienden que dicho enunciado "abarca cualquier competencia foral, sin distinción entre las atribuidas por el Estatuto de Autonomía o por la LTH, y que equipara las competencias municipales y forales, cuya naturaleza y distribución es distinta".

   Además, mantienen que, "aunque la Proposición de Ley abre la posibilidad de un desarrollo parcial por las Diputaciones Forales en lo relativo a la organización y el funcionamiento de las consultas populares, ello contraviene las competencias forales de autoorganización que el Estatuto de Autonomía del País Vasco atribuye a los Territorios Históricos en régimen de exclusividad en su artículo 37.3".

  

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