Defensa de la Competencia pide que se impida el acceso a residencias a empresas que ofrezcan servicios funerarios

Actualizado: domingo, 2 enero 2011 11:12

BILBAO, (EUROPA PRESS)

El Servicio vasco de Defensa de la Competencia propone la elaboración y aplicación de una normativa que regule la información que se facilita en los centros sanitarios y residencias para mayores, así como que impida el acceso a estas instalaciones de las empresas oferentes de servicios funerarios o la actuación de su personal en calidad de prescriptor.

Además, sugiere la total separación de las compañías aseguradoras que comercializan seguros de decesos y de los prestadores del servicio funerario, o una regulación más restrictiva que asegure la independencia en sus actuaciones y la neutralidad en la contratación de los servicios funerarios.

Estas recomendaciones se recogen en el informe "El sector funerario en la Comunidad Autónoma Vasca", recogido por Europa Press, en el que se insta a crear una normativa que formule la obligatoriedad de entregar al familiar directo del fallecido un folleto donde, al menos, consten los servicios obligatorios y optativos a los que pudiera acceder, así como las empresas funerarias que los pudieran ofrecer.

"Cuanto más detalle aporte dicha información, más redundará en beneficio del cliente, que será consciente de las alternativas comerciales y, asimismo, repercutirá en el mercado al aceptar todos unas mismas reglas de juego", señala el informe.

Otra propuesta es la puesta en marcha de un Protocolo de actuación para las entidades públicas que actúen como contratantes de servicios funerarios. "Las Administraciones Públicas deberán establecer criterios que eviten el establecimiento de turnos que puedan equipararse con repartos de mercado y exclusión de empresas", precisa.

El Servicio vasco de Defensa de la Competencia también insta a realizar un control de la información facilitada a la persona usuaria por las compañías de servicios funerarios: precio, obligatoriedad o no de los servicios y libertad de elección de la empresa funeraria si se cuenta con seguro de deceso, en cuyo caso también se debería realizar el seguimiento de las compañías aseguradoras que ofertan seguros de decesos.

MERCADOS

Otras propuestas son el seguimiento de los mercados en los que las que una empresa o grupo funerario concentre más del 50 por ciento del mercado relevante o del acaparamiento de mercados conexos, operaciones de concentración e integraciones verticales.

Según indica, se requiere una mayor vigilancia del fenómeno de integración vertical de las compañías aseguradoras y empresas funerarias, que puede dar lugar a barreras de entrada al mercado funerario, sobre todo si se tiene en cuenta el porcentaje de servicios funerarios que se contratan a través de las compañías aseguradoras.

Además, dice que se deberán observar los precios de las empresas funerarias controladas por aseguradoras, precios que condicionan la determinación de las primas de los seguros de decesos. "Así, un alza de los precios de los servicios funerarios, justificado o no, repercutirá en las primas del seguro de decesos", concluye.