Ratificada la condena a NCG Banco por la venta de preferentes a un matrimonio

Actualizado: miércoles, 12 marzo 2014 16:01

A CORUÑA, 12 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por NCG Banco contra la sentencia, de junio de 2013, del Juzgado de Primera Instancia número 9 de la ciudad herculina, "anulando una venta de participaciones preferentes de Caixa Galicia de mayo de 2009", informa el despacho de abogados Pérez-Lema.

Este fallo también condenó a la entidad a abonar a un matrimonio la cantidad invertida en preferentes, de 50.000 euros, así como al abono de los intereses legales desde la adquisición, en junio de 2009, hasta la sentencia.

La Audiencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia "y ratifica la existencia de una muy defectuosa información que vulnera la normativa financiera y de protección al consumidor vigente", señala el despacho del letrado que llevó el caso, Xoán Antón Pérez-Lema.

Además, la sentencia sostiene que "no cabe duda" de que si al matrimonio "se le hubiese informado adecuadamente y lo hubiesen entendido bien, no hubieran, en sus condiciones, arriesgado los ahorros adquiridos a lo largo de los años y aceptado los riesgos".

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