Sáhara.- Un juez no podrá ordenar alimentar a Haidar hasta que sufra pérdida de consciencia, según la doctrina del TC

Actualizado: lunes, 7 diciembre 2009 15:15

Asociaciones de jueces discrepan sobre este punto y defienden la prevalencia del principio de dignidad y los deseos de la activista saharaui

MADRID, 7 Dic. (EUROPA PRESS) -

La activista saharaui Aminatu Haidar, en huelga de hambre desde el pasado 16 de noviembre, no podría ser alimentada forzosamente por orden de un juez mientras se encuentre consciente, debido a que la doctrina constitucional existente sobre esta cuestión obliga a esperar a que se produzca una pérdida de la consciencia, según apuntaron hoy en declaraciones a Europa Press fuentes jurídicas y fiscales de la Audiencia Nacional.

Las citadas fuentes citaron la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional a través de su sentencia 120/1990, de 27 de junio, dictada en respuesta a la huelga de hambre iniciada a finales de la década de los ochenta por casi medio centenar de presos pertenecientes a los GRAPO.

El alto tribunal se planteó entonces la existencia de una colisión entre el derecho a la libertad individual y el derecho a la vida y apuntó la imposibilidad de admitir que la Constitución garantice "el derecho a la propia muerte". Por todo ello respaldó la decisión tomada por distintos jueces de vigilancia penitenciaria de prohibir la alimentación forzosa de los penados mientras estos conservaran sus facultades y avaló que se recurriera a este tipo de intervención solo en caso de pérdida del conocimiento.

Si bien es cierto que el caso de la saharaui es diferente, dado que no se encuentra bajo la tutela de instituciones penitenciarias, las citadas fuentes aseguran que no recuerdan precedentes de situaciones similares, dado que todas las anteriores huelga de hambre se ha producido con sujetos dependientes o bien del Estado --como los presos-- o de tutores legales, como lo ocurrido con menores que se han negado a someterse a transfusiones sanguíneas por pertener a los Testigos de Jehová. Por ello la única doctrina válida aplicable sería la mencionada del Constitucional.

Estas fuentes destacaron incluso que la alimentación en caso de pérdida del conocimiento se realizaría a pesar de que la saharaui plantee por escrito su deseo de no ser hidrata y podría efectuarse sin necesidad de un mandato judicial debido a la aplicación del juramento hipocrático.

LAS ASOCIACIONES DISCREPAN

No obstante, las asociaciones de jueces mantienen posiciones encontradas acerca de la posibilidad de que un juez pueda ordenar su alimentación forzosa para evitar su fallecimiento llegado el caso de que peligre su salud.

En declaraciones a Europa Press, los portavoces de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Antonio García, y Jueces para la Democracia (JpD), Miguel Angel Gimeno, rechazaron que un juez pueda acordar la alimentación forzosa de Haidar, argumentando que hay que respetar su voluntad expresada libremente; mientras que los portavoces de la Asociación Francisco de Vitoria (AFV), Marcelino Sexmero, y el Foro Judicial Independiente (FJI), Conrado Gallardo, defendieron la potestad de un juez para decretar que la activista sea alimentada, si su vida corre peligro.

Según Antonio García, no se puede alimentar de forma forzada a una persona "en contra de su voluntad, si ha sido declarada de forma consciente y libre", ya que se estaría violando su derecho a la dignidad. En su opinión, existen principios como el de la dignidad que "no son derrotables" y "no existe interés de Estado de ninguna naturaleza que pueda pasar por encima".

Para la APM, este principio deberá ser respetado incluso en el caso de que Haidar pierda la consciencia, ya que la saharaui se ha "anticipado" a este momento expresando "de manera consciente y libre" su oposición a ser alimentada. "No podemos decidir por ella si no quiere alimentarse, aunque pueda parecer increíble", insistió.

Coincidiendo con la opinión del portavoz de la APM, Miguel Angel Gimeno, de JpD, defendió la necesidad de respetar la voluntad de Haidar hasta el último momento. Para Gimeno, aunque un juez pudiera asumir su tutela en el caso de que perdiera la consciencia, sería una especie de "fraude", porque ya ha expresado su deseo de no ser alimentado previamente.

Además, estas dos asociaciones también se mostraron de acuerdo en señalar que este caso no es comparable con precedentes como el de la huelga de hambre del preso etarra Ignacio de Juana Chaos o de varios presos de los GRAPO, ya que éstos, al encontrarse en prisión, se encontraban bajo tutela de la Administración, y no es éste el caso de Aminatou Haidar.

Difiere con esta opinión el portavoz de la Francisco de Vitoria, Marcelino Sexmero, para quien sí sería posible que una autorización judicial ordenara su alimentación, como ocurrió con los presos de los GRAPO, si peligra la vida de Haidar porque la activista se encuentra "a disposición de las autoridades españolas", al haber entrado de manera irregular en el país.

Según Sexmero, mientras la activista se encuentre consciente habrá que respetar su voluntad, pero una vez pierda la capacidad de decidir por sí misma podrá ser alimentada de forma forzosa bajo autorización de un juez.

De la misma opinión es Conrado Gallardo, del FJI, quien subrayó que deberá ser un médico el que verifique el estado de la mujer y determinar si su vida corre peligro para que un juez pueda actuar. A su juicio, "lo que no se puede tolerar es el suicidio", que, aunque no está castigado, si debe ser impedido en la medida de lo posible.

Del mismo modo que las fuerzas de seguridad tratarán de impedir que una persona se arroje por una ventana "incluso mediante la fuerza" argumentó, se deberá hacer "todo lo posible" para evitar que una persona en huelga de hambre muera. "Una huelga de hambre es una situación más compleja, pero los principios son los mismos", afirmó.