El Gobierno abrirá en octubre el proceso para abordar los planes de cuenca para 2021-2027

Trasvase Tajo-Segura, archivo
Europa Press - Archivo

MADRID, 25 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio para la Transición Ecológica expondrá en las próximas semanas, probablemente a finales del mes de octubre, los documentos iniciales para elaborar los planes hidrológicos de las cuencas de cara al tercer ciclo de planificación (2021-2027).

Según han informado fuentes ministeriales a Europa Press, los documentos que contemplan el programa, el calendario, los estudios generales de las demarcaciones hidrográficas y las fórmulas de consulta tanto intercomunitarias como las intracomunitarias estarán en fase de información pública durante seis meses.

A continuación, la segunda fase consistirá en la redacción de un documento, conocido como Esquema de Temas Importantes y, posteriormente, la tercera fase y última servirá para redactar la propuesta de plan hidrológico.

De acuerdo con estas fuentes, con el calendario en la mano ninguna cuenca hidrográfica española contará con un proyecto de plan hidrológico antes de final de 2020 y aseguran que el Gobierno no tiene aún sobre la mesa plan hidrológico alguno, ni siquiera un borrador.

En las cuentas de calendario ministerial, el Esquema de Temas Importantes no estará listo hasta mediados de 2019 y, por tanto, el proyecto de plan hidrológico no estará listo antes de finales de 2020. Por tanto, subrayan que no existe en la actualidad ni siquiera un borrador mínimo de lo que serán los futuros planes hidrológicos, que no empezarán a redactarse hasta finales de 2019 o principios de 2020 y que no se adoptará definitivamente hasta el segundo semestre de 2021.

Durante el diseño de la futura planificación hidrográfica se podrán modificar caudales ecológicos, puesto que eso, precisamente se define en los planes de cuenca. De este modo, entre un plan y el siguiente no se puede modificar o completar los caudales ecológicos que están en el plan vigente a no ser que se apruebe en una norma jurídica de rango superior.

Por ejemplo, en el caso del caudal ecológico mínimo necesario para poder autorizar un trasvase del Tajo-Segura, no podrá ser cambiado hasta la aprobación del nuevo plan hidrológico en 2021, a no ser que la modificación se acometa mediante la aprobación de una norma con rango de Ley.