ANDALUCÍA.-Sevilla.- La Hispalense aprueba modificar el artículo de matrícula ordenada y el Reglamento de Régimen Económico

Actualizado: miércoles, 19 mayo 2010 22:30

SEVILLA, 19 May. (EUROPA PRESS) -

Los miembros del Claustro de la Universidad de Sevilla (US) aprobaron hoy con 210 votos a favor (21 en contra, 10 en blanco y 5 nulos) la propuesta de modificación del artículo 27 del Reglamento General de Actividades Docentes así como el Proyecto de Reglamento General de Régimen Económico y Presupuestario, para esta ocasión, con 218 votos a favor (13 en contra, 10 en blanco y 3 nulos).

Según informó la Hispalense, la participación fue superior al 82 por ciento y el derecho al voto anticipado se pudo ejercer desde el pasado lunes, día en el que ambas normativas se debatieron en una sesión ordinaria del Claustro, hasta ayer, ya que la jornada de hoy estuvo reservada para la votación durante la celebración de una sesión abierta.

El proyecto de modificación del citado artículo 27 --aprobado por consenso de todos los sectores en la Comisión de Proyectos Normativos-- mantiene el principio de matriculación ordenada corrigiendo "las disfunciones generadas por la aplicación en la matrícula de este curso académico" y que afectaron en el pasado mes de septiembre al procesos de matriculación de los alumnos de la Hispalense.

Así, partiendo de una base común que obliga a que los estudiantes se matriculen de las asignaturas básicas pendientes (el 25% de la titulación, la mayoría en primer curso), se permite a los Centros, que son quienes elaboran y conocen a fondo sus planes de estudio, "establecer itinerarios adicionales de matriculación ordenada".

No obstante, se excluye de su aplicación a los estudiantes Erasmus y de movilidad internacional, ya que las matrículas dependen de los acuerdos de intercambio con universidades extranjeras. El texto también establece, a través de los programas de asesoramiento, que se pueda formular orientación individualizada de matriculación ordenada, sin perjuicio de lo fijado por el propio Claustro y los Centros.

Por su parte, el Reglamento General de Régimen Económico y Presupuestario --aprobado también por consenso de todos los sectores en la Comisión de Proyectos Normativos-- desarrolla el Estatuto de la Universidad de Sevilla en aspectos fundamentales para la gestión ordinaria de su actividad económica.

Este Reglamento consagra los procedimientos que se vienen usando y afecta a cuestiones tan importantes para la Universidad como el Patrimonio y los bienes de dominio público, la adquisición de bienes y derechos, la planificación económica plurianual y el control presupuestario.

LO QUE DECÍA Y LO QUE AHORA DICE EL ARTÍCULO 27

El mencionado artículo 27 decía que los estudiantes podrían "matricularse en materias o asignaturas de distintos cursos del plan de estudios siempre que se matricularan de todas las materias o asignaturas de carácter obligatorio de los cursos inferiores que no hubieren superado, con la posible excepción de aquellas asignaturas en las que ya hubieren agotado, a efectos de las normas de permanencia, cuatro convocatorias".

Con las modificaciones aprobadas hoy, la Universidad de Sevilla ha elaborado un artículo mucho más amplio que consta de cuatro puntos y que establece, por un lado, que "en los títulos de Grado, los estudiantes podrán matricularse en una asignatura siempre que lo hagan de todas las asignaturas de formación básica de cursos inferiores que no hubieren superado, entendiendo por asignaturas de formación básica lo dispuesto en el artículo 12.5 del RD 1393/2007". Es decir, que ahora, para matricularse de una asignatura obligatoria de segundo curso, es imprescindible haberla aprobado en primero, pero sólo para los títulos de Grado, no para la totalidad de los ofertados por la Universidad.

Además, continúa la normativa, "sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las Juntas de Centro podrán acordar propuestas adicionales de itinerarios de matriculación ordenada en diversas materias o asignaturas de los planes de estudio de los títulos de Grado adscritos al Centro. Dichas propuestas serán sometidas, dentro del plazo que se fije en el calendario académico, al Consejo de Gobierno para su aprobación".

Eso sí, de todo lo anterior, "podrán exceptuarse los estudiantes que disfruten de una plaza de movilidad de los programas 'Sicue', 'Erasmus' o similares, cuya matrícula se atendrá a lo dispuesto en el correspondiente acuerdo de estudios firmado por el estudiante y el Centro".

Finalmente, el nuevo artículo 27 añade que, "a través de los programas de asesoramiento a los que se refiere el artículo 21 del Reglamento General de Estudiantes, se podrán formular orientaciones individuales de matriculación ordenada".