El BOE, tablón único para buscar las notificaciones de la administración

Actualizado: viernes, 22 mayo 2015 15:43

MADRID, 22 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la ordenación del Boletín Oficial del Estado con el fin de que contenga a partir del 1 de junio un tablón edictal único para todo el país, es decir, que ya no será necesario que los ciudadanos tengan que buscar en más de 60 boletines oficiales las notificaciones de la administración, como la ejecución de multas.

Hasta ahora, la administración correspondiente enviaba notificaciones postales con un coste de 2,5 euros, que debían tratar de entregarse en dos ocasiones a horas distintas. Si no se conseguía, la administración tenía que recurrir a una notificación edictal, que se realizaba mediante la publicación de un anuncio.

En un principio, estos anuncios se publicaban en uno de los 63 boletines oficiales existentes (en el del Estado, en los autonómicos o en los provinciales), lo que complicaba su conocimiento, más aún cuando los actos que se publicaban afectaban a ciudadanos residentes en otro territorio. Sin embargo, en los últimos años han surgido además nuevos tablones edictales en ámbitos como el fiscal, tráfico, Seguridad Social, empleo, etc. Con la publicación del edicto, legalmente al ciudadano se le daba por notificado y corría el plazo para alegar, pagar o ejercer los derechos que considere.

COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS

Las notificaciones son cada vez más electrónicas, hasta el punto de que 2014 se realizaron un total de 47 millones de notificaciones electrónicas y actualmente el 90 por ciento de las comunicaciones y notificaciones a empresas se efectúan así.* La notificación electrónica es más rápida, segura y cómoda para los ciudadanos, lo que reducirá las notificaciones fallidas. En todo caso, si la notificación, sea electrónica u ordinaria, no es posible, a partir del 1 de junio, y con una serie de plazos transitorios para varios tablones, todas las notificaciones se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, con independencia de la Administración u órgano que las notifique.

Las administraciones podrán publicar también en otros diarios o tablones, pero la publicación en el Boletín Oficial del Estado será la única necesaria en todo caso y la determinante a efectos de cómputo de plazos.

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