El fiscal confirma su petición de tres años de cárcel para una joven gallega por atacar una central hidroeléctrica

Actualizado: miércoles, 5 noviembre 2008 15:04

MADRID, 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

El fiscal de la Audiencia Nacional Luis Barroso elevó hoy a definitiva su petición de tres años de cárcel para la independentista gallega Maria Bragaria Fra a la que acusa de atentar contra las obras de construcción de la mini-central hidroeléctrica del río de Arnoia, a su paso por Rubillos, término municipal de A Merca (Orense) el 22 de octubre de 2004.

Durante el juicio, celebrado hoy en la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, la joven gallega --miembro de la asociación juvenil Assambelia de Mocidade Galega (AMI), según la Fiscalía-- negó los hechos que se le imputan. En su declaración, ofrecida íntegramente en gallego, la joven contestó a su abogado que no colocó los artefactos incendiarios mientras que declinó responder las preguntas del fiscal.

Barroso la considera autora de un delito de daños por la colocación de un artefacto incendiario en uno de los camiones de la obra y pide que sea condenada también a indemnizar con 2.397 euros a la empresa Excavaciones Juan Dorribo Cid, encargada de la construcción de la mini-central. Según defendió el representante del Ministerio Público, "no se trataba sólo de causar daños, sino de que se publicitase la acción y los sabotajes a la construcción de la mini-central de lo que se desprende que la finalidad última era alterar el orden público".

Por su parte, el abogado de Bragaria defendió la libre absolución de su cliente alegando que "no se pusieron en riesgo vidas humanas" y recordó que "los artefactos empleados eran incendiarios y no explosivos". En ese sentido, estimó que, en todo caso, los hechos deberían ser considerados como "una falta de daños" ya que "quien perpetró los hechos lo hizo en una zona apartada sin ningún tipo de viviendas en un lugar en el que no era posible que se propagase el fuego". "Eran las cinco de la madrugada por lo que no era posible que hubiese ninguna persona cerca y no se justifica que la intención fuese alterar la paz pública", sentenció.

Durante el juicio, comparecieron los agentes de policía que practicaron la detención de la acusada, que, según explicaron, fue posible a partir de las huellas cotejadas en una bandeja de plata hallada en el lugar de los hechos. Posteriormente, los testimonios periciales confirmaron un total de "doce huellas dactilares" en la bandeja "correspondientes al dedo índice y el anular" de Bragaria. No obstante, estos peritos no pudieron aclarar la antiguedad de estas huellas tal y como les preguntó el abogado.

Los policías también aseguraron que la acción se trataba de "un hecho aislado" y no la englobaron dentro de una campaña organizada como sostiene el fiscal. Asimismo, los representantes de la plataforma contraria a la construcción de la mini-central, aseguraron que AMI, organización a la que supuestamente pertenece la acusada, "no formaba parte de la plataforma".

COMPETENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

El juicio de hoy tuvo lugar después de que, en las cuestiones previas, el abogado de la joven pidiese la anulación del proceso en la Audiencia Nacional al entender que este tribunal no es competente para enteder de esta causa. Según defendió, AMI no está reconcida por la Justicia como una organización terrorista de manera que los hechos no pueden considerarse con esa finalidad por lo que pidió la inhibición en favor de un juzgado de instrucción de Celanova (Orense).

Además, indicó que no se pueden equiparar estos hechos con las acciones de 'kale borroka' ya que no buscaban subvertir el orden constitucional, sino llevar a cabo una protesta de corte ecológico como las que llevan a cabo colectivos okupas o antiglobalización y que la plataforma en contra de la mini-central englobaba otras organizaciones que nada tienen que ver con el terrorismo.

Por su parte, Barroso defendió que la intención de la acusada era alterar la paz pública en un delito de daños conectado con el artículo 577 del Código Penal en el que persigue a quienes "sin pertenecer a banda armada y con la finalidad de subvertir el orden constitucional (...) llevaren a cabo cualesquiera delitos de incendios, estragos o daños". Finalmente, el presidente del tribunal, el juez Alfonso Guevara, aceptó los argumentos del fiscal y asumió la competencia de la Audiencia Nacional tras lo que dio comienzo el jucio que hoy quedó visto para sentencia.